Arguments
El Juzgado de lo Contencioso de Valladolid decretó la semana pasada la retirada de crucifijos en las aulas de un colegio público, tras la demanda de un grupo de padres. La decisión de la sala se basa en considerar que la presencia de los crucifijos en centros públicos es una vulneración de los derechos fundamentales.
Esta sentencia española ha tenido un gran eco en Italia, como se puede leer en La Gaceta, y ha servido para replantear la cuestión en el debate público. Los principales periódicos como Repubblica, Corriere della Sera, Il Giornale, o La Stampa sacan el titular de la noticia en portada y le dedican amplios espacios en su interior. Junto a la noticia, los diarios recuerdan un caso similiar ocurrido hace unos años con ocasión de que el presidente de la Unión de Musulmanes de Italia exigiera quitar el crucifijo de la escuela a la que asistía su hijo, en una pequeña localidad del centro de Italia: el Consejo de Estado dictaminó que el crucifijo no se podía retirar de la escuela.
Junto a la sentencia judicial, los diarios ponen de relieve otras medidas laicistas que han sido aprobadas en España durante el gobierno socialista de Rodríguez Zapatero, tales como el matrimonio homosexual, el divorcio 'express' o la selección genética de los embriones con fines terapéuticos.
La diputada Isabella Bertolini, del partido Pueblo de la Libertad (Pdl), advirtió que en España, y en Europa en general, está soplando "un gélido viento anticristiano que no promete nada bueno". "Mientras en el mundo está teniendo lugar una verdadera caza al cristiano, en Europa, no pudiendo hoy llegar a tanto, se intenta excluir los símbolos de la cristiandad de la vida pública", afirmó. Según la diputada, España está intentando "destruir la propia historia", aunque "también en Italia son evidentes los fenómenos de cristianofobia disfrazados de laicismo", lamentó.
En ABC se recoge que el Vaticano ha reaccionado con pena ante la sentencia de Valladolid, pues "no hay ningún símbolo que exprese mejor el dolor de las víctimas de la violencia y del poder", según manifestó Gianfranco Ravasi, presidente del Consejo Pontificio de Cultura.
El debate que ahora se abre en España repite el que ya tuvo lugar hace unos años en Italia, y el arzobispo Ravasi, biblista e intelectual de prestigio, comentó un artículo publicado entonces por la escritora judía y antifascista Natalia Ginzburg en el diario comunista L´Unitá contra la retirada de los crucifijos, precisamente porque son símbolos del dolor y de la opresión de las víctimas.
Según Ravasi, retirar el crucifijo significa "quitar uno de los símbolos fundamentales del dolor de la humanidad", lo cual disminuye la sensibilidad ante la injusticia y oscurece el ejemplo máximo de sacrificio voluntario por los demás. Cuando un juez italiano dictó una orden similar a la de Valladolid, la mayor parte del país lo consideró un gesto de intolerancia, pues el magistrado actuaba contra una religión. Destacados representantes judíos y musulmanes criticaron la medida, ya que la libertad religiosa es la misma para todos.
Gianfranco Ravasi advirtió también de las consecuencias negativas de cortar las raíces con la propia historia y la propia cultura. Según el prelado milanés, que fue durante muchos años director de la famosa biblioteca ambrosiana de esa ciudad, "la identidad de un pueblo, de una cultura, es belleza, es riqueza. Si borramos el cristianismo de nuestro horizonte perdemos nuestro propio rostro. Perdemos la capacidad de dialogar, y es una pérdida cultural".
Alberto Campoleoni, experto en políticas educativas, ha alertado a su vez sobre una "progresiva pérdida de la memoria" de "las tradiciones y los valores" en los que se fundamenta Europa.
Por su parte, Juan Manuel de Prada escribe en L´Osservatore Romano que a nadie escapa que el signo de la cruz no viola ningún derecho fundamental. Y en cambio, la argumentación de que no se pueden vulnerar algunos derechos fundamentales "se está transformando en España en un pretexto jurídico que enmascara un sentimiento de odio antirreligioso, o de cristofobia ( ). La visión de un crucifijo -dice Juan Manuel de Prada-, no puede ofender a nadie. Nada tiene de ofensivo el crucifijo. Puede ofender sólo a cuantos -y en esto consiste el laicismo cuando se esconde detrás de coartadas jurídicas- quieren que el Estado se convierta en un nuevo dios, con poder absoluto sobre las almas. Que se llegue a considerar ofensivo en Occidente el crucifijo se puede solamente interpretar como un síntoma alarmante de amnesia o necrosis cultural.
Reproducimos a continuación otro interesante artículo publicado ayer en El Mundo. Lleva por título "Ni prudente ni proporcional" y el autor es Rafael Navarro-Valls, Catedrático de Derecho y Académico de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación.
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Ni prudente ni proporcional
Rafael Navarro-Valls
Los juristas cultivamos los derechos subjetivos como el jardinero cuida sus flores. Pero eso no significa que los liberemos de la confrontación con otros derechos. De ahí que sea lugar común aceptado por los Tribunales Constitucionales de los países democráticos que para comprobar si una medida, directa o indirectamente en relación con un derecho fundamental, es proporcionada, conviene atender a su ponderación y equilibrio, por derivarse de ella más beneficios que perjuicios para derechos de terceros. La retirada de un crucifijo contra la voluntad de la mayoría de padres del Consejo Escolar de un determinado colegio, en mi opinión, no supera el test de proporcionalidad ni la prudencia jurídica. Permítaseme ilustrar lo que quiero decir con algunos ejemplos entresacados de la jurisprudencia europea y americana.
En octubre de 2003 el Tribunal Constitucional Federal alemán rechazó un recurso de amparo en el que el demandante consideraba que no había recibido tutela judicial para su pretensión de que se suprimiese la bendición de la mesa en la escuela infantil municipal que frecuentaba su hijo, alegando que él era de ideología atea y veía lesionado su derecho de libertad ideológica. El TC declaró «que no es inconstitucional que todos los niños desde su infancia, también los hijos de padres de ideología atea, conozcan que hay en la sociedad personas con creencias religiosas, y que desean practicarlas».
Muchos años antes (1983, sentencia Marsh v. Chambers) el Tribunal Supremo Federal de Estados Unidos declaró constitucional que, en la apertura de las sesiones legislativas del Senado americano, se diga una oración pública por un pastor protestante, remunerado con fondos públicos. Para el TS «no cabe duda de que esta práctica se ha convertido en parte de nuestras tradiciones sociales, de suerte que la invocación del auxilio espiritual por parte de un órgano público al que se confía la elaboración de las leyes no constituye una violación de la Primera Enmienda a la Constitución». Es más concluye el TS se trata, únicamente, «de un reconocimiento tolerable de las creencias ampliamente compartidas por el pueblo de este país y no un paso decidido hacia el establecimiento de una iglesia oficial». Más recientemente, el Consejo de Estado italiano, ante una polémica similar a la planteada (retirada de los crucifijos de las escuelas), se pronunció a favor de la permanencia de los mismos «por ser un símbolo idóneo para expresar el elevado fundamento de los valores civiles», y por representar en Occidente los valores de la tolerancia, respeto recíproco, valoración de la persona y afirmación de sus derechos.
En materia de simbología religiosa conviene ser prudentes, precisamente por su conexión con raíces muy profundas de una cultura. Precedentes judiciales poco ponderados pueden desencadenar reacciones en cadena de incierto destino jurídico. Basten dos ejemplos. La festividad del domingo es de origen religioso, así como las vacaciones de Semana Santa o Navidad. Igual sucede con una altísima proporción de denominaciones de personas. Repárese que tanto el presidente del Gobierno como el Rey y millones de españoles tienen nombres, no de uno, sino nada menos que de cuatro santos: José Luis y Juan Carlos.
Llevando al extremo la sentencia del juez de Valladolid pudiera ocurrir que alguien pidiera la abolición de las festividades mencionadas (con el consiguiente trastorno para legítimos intereses sindicales) o una legislación de Registro Civil que vetara la inscripción de nombres de mujeres o varones con reminiscencias religiosas (con la consiguiente lesión de tradiciones familiares muy arraigadas). Tendríamos un problema, ciertamente.Introducción a la serie sobre “Perdón, la reconciliación y la Justicia Restaurativa” |
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