ABC
"El ser humano que se encuentra en situaciones de debilidad o vulnerabilidad habrá de ser defendido frente a terceros o incluso frente a sí mismo. Se le defenderá de decisiones perjudiciales para él que pueda adoptar en un momento de desánimo, por considerar que la defensa de su dignidad está por encima de su propia autonomía"
La Sociedad Española de Cuidados Paliativos (SECPAL) define la sedación como «la administración deliberada de fármacos en las dosis y combinaciones requeridas para reducir la consciencia de un paciente con enfermedad avanzada o terminal, tanto como sea preciso para aliviar adecuadamente uno o más síntomas refractarios (es decir, síntomas que no es posible aliviar de otra manera) y con su consentimiento explícito, implícito o delegado». Hay que tener en cuenta que rebajar el grado de conciencia de una persona no es un acto éticamente indiferente: se necesita un motivo lo suficientemente serio, pues de lo contrario atentaríamos contra la dignidad del paciente al interferir innecesariamente en la intimidad más sacra de la persona.
No hay que confundir la sedación éticamente aplicada con la eutanasia. Como explica la SECPAL, ambas difieren en el objetivo, la indicación, el procedimiento, el resultado y el respeto a las garantías éticas. En la sedación, la intención es aliviar el sufrimiento del paciente, el procedimiento es la administración de un fármaco sedante (utilizando uno adecuado —de vida media corta— y en la dosis mínima eficaz), y el resultado es el alivio del síntoma refractario. En cambio, en la eutanasia la intención es provocar la muerte del paciente, el procedimiento es la administración de un fármaco letal y el resultado la muerte.
Podríamos decir que la sedación tiene un efecto positivo —alivia el sufrimiento— y uno negativo —reduce el nivel de conciencia—. En cambio, no está científicamente demostrado que una sedación correctamente practicada (con los fármacos adecuados, dosis mínima eficaz y monitorización del proceso) acelere la muerte.
Como se ha señalado anteriormente, el estado de consciencia de una persona es un bien y debe haber una razón de peso para privarla de él. Por lo que no es ético sedar por sistema, al final de la vida, a todos los pacientes. Por tanto, no es aceptable decir que hay —así, en general— un derecho a la sedación: lo habrá cuando la sedación esté realmente indicada por existencia de un síntoma refractario. Tampoco sería éticamente aceptable sedar sin consentimiento del enfermo, con el fin de ahorrar molestias al médico o a la familia. En cambio, no supone ningún problema, sino que es un deber del médico proceder a la sedación del paciente con su consentimiento previo cuando, agotadas otras posibilidades, se llega a la conclusión de que es el único recurso para controlar algún síntoma verdaderamente refractario a otros tratamientos. En esta situación la sedación paliativa es un tratamiento excelente.
En España hay un desigual desarrollo de equipos de paliativos, por lo que es necesario aplicar más medios económicos y de todo orden para lograr una atención de calidad en cualquier punto del territorio español para todos aquellos pacientes que precisen cuidados paliativos.
La Organización Médica Colegial insistió en esa necesidad en un reciente documento y sería deseable que los actuales legisladores lo tuvieran en cuenta junto con la vigente Ley de Autonomía del Paciente, Desde luego, para la atención al final de la vida no parece necesaria una nueva ley con límites tan poco precisos como los que presenta el anteproyecto recientemente aprobado en el Consejo de Ministros.
El ser humano, como dicen estos documentos, no puede renunciar a su propia dignidad. Ni los pacientes ni los médicos.
En este contexto, se explica que se limite la autonomía por amor de la dignidad: como, por ejemplo, cuando una sociedad civilizada impide que alguien se pueda vender voluntariamente como esclavo, o la libre venta de órganos, etcétera.
En resumen, la dignidad parece fundamentarse más que en la autonomía, en la vulnerabilidad. El ser humano que se encuentra en situaciones de debilidad o vulnerabilidad habrá de ser defendido frente a terceros o incluso frente a sí mismo. Se le defenderá de decisiones perjudiciales para él que pueda adoptar en un momento de desánimo, por considerar que la defensa de su dignidad está por encima de su propia autonomía. Una dignidad que se caracteriza por sus elementos constitutivos, como son la verdad, la justicia, la libertad y el amor.
Hay que ser muy precisos en lo referente a la verdad, tan relacionada con la información al paciente y a sus familiares, y con el consentimiento informado. Información veraz y sustancial. Todo un proceso, un arte, para decir "la verdad soportable". Cargado de coherencia entre lo que se piensa, se dice y lo que se hace. No la verdad judicial ni parlamentaria ni la del consenso, sino la científica. Es esa verdad cuya búsqueda la preside la honradez, el juego limpio y la objetividad. Es la verdad que soporta y fundamenta a la justicia y a la libertad. Hoy, socialmente no es un valor en alza, y sin embargo es imprescindible en todos los órdenes de la sociedad. Un pueblo que admite la mentira es una sociedad profundamente enferma.
La justicia a la que me refiero es la del hombre honrado, bueno, ajustado, y respetuoso con la dignidad del otro. Que reflexiona frecuentemente, cuida sus palabras y vela por sus acciones. Una justicia que diera la espalda al más elemental sentido común, dando lugar al atropello de lo más esencial del raciocinio y la evidencia, es un simulacro de justicia. Prostituida y aceptada por una sociedad confusa por los mensajes de lo políticamente correcto, está abocada a la autodestrucción. Un atentado a la justicia a la que me refiero es, por ejemplo, negar los cuidados básicos del paciente.
La libertad es un valor "sublime". La libertad es la garantía de la verdad. Pero como expuse anteriormente, tiene unos límites que son la dignidad y el respeto a la libertad de los otros.
La libertad adquiere su auténtico sentido cuando se ejercita en servicio de la verdad y resguarda la propia dignidad. Una autonomía que prescinda de la dignidad es una libertad envilecida.
Un atentado contra la libertad que soporta e ilumina la dignidad es, por ejemplo, la negación de la objeción de conciencia de los profesionales. Una injusticia.
Y por último, el Amor. La dignidad se fundamenta esencialmente en el Amor. La persona no puede vivir sin amor. Es el principal recurso para afrontar el sufrimiento (como concluye un estudio nuestro en el hospital La Paz: "Contra el dolor, opioides; contra el sufrimiento, amor").
Sin amor el hombre no se comprende a sí mismo. Sin él se reconoce sin sentido. En ese Amor experimentado es donde el paciente, y los sanitarios, encuentran su razón de ser. ¿Qué es, si no, la vocación, el voluntariado, la entrega, el esfuerzo por la tarea bien hecha, la solidaridad, etcétera? «Hay que volver al amor y a la amistad con el enfermo» (Marañón, 1954).
El amor es servicio. El amor no entiende de derechos, se da.
Es en el amor sentido y en el amor entregado donde el hombre encuentra su grandeza y su valía. En una palabra, donde se reconoce a sí mismo como digno: tanto el paciente, como el profesional que lo cuida.
Manuel González Barón es director de la cátedra de Oncología médica y Medicina paliativa de la Universidad Autónoma de Madrid
Introducción a la serie sobre “Perdón, la reconciliación y la Justicia Restaurativa” |
San Josemaría, maestro de perdón (1ª parte) |
Aprender a perdonar |
Verdad y libertad |
El Magisterio Pontificio sobre el Rosario y la Carta Apostólica Rosarium Virginis Mariae |
El marco moral y el sentido del amor humano |
¿Qué es la Justicia Restaurativa? |
“Combate, cercanía, misión” (6): «Más grande que tu corazón»: Contrición y reconciliación |
Combate, cercanía, misión (5): «No te soltaré hasta que me bendigas»: la oración contemplativa |
Combate, cercanía, misión (4) «No entristezcáis al Espíritu Santo» La tibieza |
Combate, cercanía, misión (3): Todo es nuestro y todo es de Dios |
Combate, cercanía, misión (2): «Se hace camino al andar» |
Combate, cercanía, misión I: «Elige la Vida» |
La intervención estatal, la regulación económica y el poder de policía II |
La intervención estatal, la regulación económica y el poder de policía I |