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Según informa este mediodía la Oficina de Prensa de la Santa Sede, el Santo Padre Benedicto XVI ha recibido en audiencia privada al Cardenal Angelo Amato, Prefecto de la Congregación para las Causas de los Santos. Durante la audiencia, el Santo Padre ha autorizado a la Congregación a promulgar varios decretos, entre los cuales se encuentra:
— “un milagro, atribuido a la intercesión del Venerable Siervo de Dios Juan Pablo II (Karol Wojtyla), Sumo Pontífice; nacido en Wadowice el 18 de mayo de 1920 y muerto en Roma el 2 de abril de 2005”.
La Santa Sede ha anunciado también que la ceremonia de beatificación se celebrará el próximo 1º de mayo, Domingo de la Divina Misericordia, y será presidida por el Santo Padre Benedicto XVI.
Nota informativa de la Congregación para las Causas de los Santos sobre el procedimiento de la Causa de Beatificación del Venerable Siervo de Dios Juan Pablo II (Karol Wojtyla)
«El día 14 de enero de 2011, el Sumo Pontífice Benedicto XVI, durante la audiencia concedida al Eminentísimo Señor Cardenal Angelo Amato, Prefecto de la Congregación para las Causas de los Santos, ha autorizado al mismo Dicasterio a promulgar el Decreto sobre el milagro atribuido a la intercesión del Venerable Siervo de Dios Juan Pablo II (Karol Wojtyla). Este acto concluye el procedimiento que precede al Rito de la Beatificación, cuya fecha será decidida por el Santo Padre.
«Como es conocido, la Causa, por Dispensa Pontificia, comenzó antes de que hubiesen transcurrido los cinco años desde la muerte del Siervo de Dios, requeridos por la Normativa vigente. Tal disposición fue solicitada por la imponente fama de santidad de la que gozó el Papa Juan Pablo II en vida, en muerte, y después de muerte. Para el resto fueron observadas integralmente las comunes disposiciones canónicas concernientes a las Causas de beatificación y de canonización.
«Desde junio de 2005 hasta abril de 2007, fueron por tanto celebradas la Investigación Diocesana principal romana y las ‘Rogatoriales’ en diversas diócesis, sobre la vida, sobre las virtudes y sobre la fama de santidad y de milagros. La validez jurídica de los procesos canónicos fue reconocida por la Congregación para las Causas de los Santos con el Decreto del 4 de mayo de 2007. En junio de 2009, examinada la relativa ‘Positio’, nueve consultores teólogos del Dicasterio dieron su parecer positivo sobre la heroicidad de las virtudes del Siervo de Dios. En el sucesivo mes de noviembre, siguiendo el procedimiento usual, la misma ‘Positio’ fue luego sometida al juicio de los Padres Cardenales y Obispos de la Congregación para las Causas de los Santos, que se expresaron con sentencia afirmativa.
«El 19 de diciembre de 2009 el Sumo Pontífice Benedicto XVI autorizó la promulgación del Decreto sobre la heroicidad de las virtudes.
«En vista de la Beatificación del Venerable Siervo de Dios, la Postulación de la Causa presentó al examen de la Congregación para las Causas de los Santos la curación del “mal de Parkinson” de Sor Marie Simon Pierre Normand, religiosa del Institut des Petites Soeurs des Maternités Catholiques.
«Como de costumbre, las copiosas Actas de la Investigación canónica, regularmente instruida, unidas a las detalladas Pericias médico-legales, fueron sometidas al examen científico de la Consulta Médica del Dicasterio de las Causas de los Santos el 21 de octubre de 2010. Sus Peritos, después de haber estudiado con la habitual escrupulosidad los testimonios procesales y la entera documentación, se expresaron a favor de la no-explicación científica de la curación. Los Consultores teólogos, después de haber visto las conclusiones médicas, el 14 de diciembre de 2010 procedieron a la valoración teológica del caso y, por unanimidad, reconocieron la unicidad, la antecedencia y el carácter coral de la invocación dirigida al Siervo de Dios Juan Pablo II, cuya intercesión fue eficaz a los fines de la prodigiosa curación.
«Finalmente, el 11 de enero de 2011, se ha tenido la Sesión Ordinaria de los Cardenales y de los Obispos de la Congregación para las Causas de los Santos, los cuales han emitido una unánime sentencia afirmativa, considerando milagrosa la curación de Sor Marie Pierre Simon, en cuanto realizada por Dios de modo científicamente inexplicable, luego de la intercesión del Sumo Pontífice Juan Pablo II, confiadamente invocado tanto por la misma curada como por muchos otros fieles.
Declaración del Director de la Sala de Prensa de la Santa Sede sobre la fecha de Beatificación del Venerable Siervo de Dios Juan Pablo II
El Rito de Beatificación del Venerable Siervo de Dios Juan Pablo II (Karol Wojtyla) tendrá lugar en el Vaticano, el 1º de mayo de 2011, II Domingo de Pascua, de la Divina Misericordia, presidido por el Sumo Pontífice Benedicto XVI.
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ABC
La comisión deberá aprobar ahora un segundo milagro para poder ser incluido en el canon de los santos de la Iglesia
Después de que la Comisión del Colegio Cardenalicio haya dado su aprobación para que Juan Pablo II sea beatificado, el camino hacia la canonización de uno de los papas más queridos de la historia de la Iglesia se hace cada vez más corto.
Para ser declarado santo, la comisión deberá aprobar ahora un segundo milagro concedido a través de la intercesión de Juan Pablo II. En el caso de algunos santos el procedimiento de canonización ha sido rápido, como por ejemplo para San Francisco de Asís y San Antonio, que sólo duró 2 años. Pocos han sido declarados santos seis años después de su muerte, o a los 15 ó 20 años. Para la inmensa mayoría, los trámites para su beatificación y canonización duran entre 30, 50 y hasta cien años. Después de 20 ó 30 años de averiguaciones, la mayor o menor rapidez para la beatificación o canonización, depende de quien obtenga más o menos pronto los milagros requeridos. Los santos “canonizados” oficialmente por la Iglesia católica son actualmente varios millares.
Pasos en el proceso oficial de causa de los santos:
Venerable: Con el título de “Venerable” se reconoce que un fallecido vivió las virtudes teologales (fe, esperanza y caridad), las cardinales (fortaleza, prudencia, templanza y justicia) y todas las demás virtudes de manera heroica; es decir, extraordinaria.
Beato: Además de los atributos personales de caridad y virtudes heroicas, se requiere un milagro obtenido a través de la intercesión del “Siervo de Dios” y verificado después de su muerte. El milagro requerido debe ser aprobado a través de una instrucción primaria canónica especial, que incluye tanto el parecer de un comité de médicos (algunos de ellos no son creyentes) y de teólogos. El milagro no es necesario si la persona ha sido reconocida mártir. Los beatos son venerados públicamente por la iglesia local.
Santo: Con la canonización, al beato es incluido en la lista o canon de los santos de la Iglesia (de allí el nombre de canonización). Para este paso hace falta otro milagro atribuido a la intercesión del beato y ocurrido después de su beatificación, aunque el Papa puede obviar estos requisitos. Mediante la canonización se concede el culto público en la Iglesia universal. Se le asigna un día de fiesta y se le pueden dedicar iglesias y santuarios.
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