Parece jurídicamente deshonesto adoptar una posición política que divide a nuestra sociedad
ReligionConfidencial.com
En España se sigue hablando de la sentencia que el Tribunal europeo de derechos humanos dictó contra Italia el 3 de noviembre de 2009 sobre la presencia de crucifijos en escuelas públicas. Parece formar parte del argumentario del fundamentalismo laicista, que dedica últimamente mucho espacio a la libertad religiosa. Se olvida que fue una decisión en primera instancia. En la Cámara de apelación de ese Tribunal del Consejo de Europa terminó la vista del recurso el pasado 30 de junio. En el debate se han producido intervenciones de máximo interés para la comprensión del problema.
Recuerdo a un sacerdote español que vivía en Estocolmo y decidió solicitar la nacionalidad sueca, después de años de residencia. La concesión llevaba consigo, ipso iure, la inscripción en la Iglesia luterana oficial. Tuvo que incoar luego un procedimiento administrativo para modificar los datos registrales. Hoy quizá no habría sucedido, porque Suecia dejó de ser Estado confesional al comienzo de 2000.
Pero lo siguen siendo otros países europeos, como Dinamarca, donde se mantiene ese tipo de registro civil que incluye la inscripción en la confesión oficial. Salvo error por mi parte, el caso ha llegado a Estrasburgo. Otros asuntos proceden de Grecia, también confesional, donde hasta el año 2000 era obligatoria la casilla de la religión en los carnets de identidad.
Estos ejemplos muestran la complejidad del problema. Ciertamente, hay tradiciones históricas que deben reformarse para ampliar las libertades ciudadanas. Pero otras son perfectamente compatibles y, desde luego, sería un contrasentido invocar la libertad religiosa para negarla, como afirmaba en Estrasburgo el representante italiano. Nicola Lettieri señaló que no era casual que la "contestación política" a las tesis de la sentencia recurrida viniera en gran parte de países que sufrieron duramente el ateísmo de Estado, y están sin cerrar las heridas causadas por la persecución oficial contra la libertad de cultos. Lettieri insistió en que "los principios invocados en el debate se introdujeron en la Convención europea de derechos humanos justamente para defender a los ciudadanos de esas naciones".
Despertó gran atención que ocho de esos países encargaran la defensa de su postura a Joseph Weiler, profesor de la New York University. Aunque es autor del libro Una Europa cristiana, es de religión hebrea, y acudió a la sala luciendo la kipá. A su juicio, el Tribunal invocó en 2009 tres principios claves. Sobre dos, están plenamente de acuerdo: garantizar la libertad religiosa (la positiva y la negativa) y educar en tolerancia y pluralismo. La discrepancia surge sobre el principio de "neutralidad" que, en sus últimas consecuencias ideológicas, exigiría admitir que sólo cabe democracia allí donde desaparecen los símbolos religiosos. Y no es así, en modo alguno, en tantos países miembros del Consejo de Europa, que adoptan expresamente posiciones favorables a algunas confesiones y las reflejan en sus símbolos nacionales.
Joseph Weiler defendió el crucifijo sin usar argumentos estrictamente religiosos, es decir, apoyados en creencias o convicciones. Acentuó el derecho de cada pueblo a expresar su pasado en sus propios símbolos, sin ceder al chantaje de cualquiera que, en nombre de lógicas absolutistas e irrespetuosas de la historia, pretenda su desaparición.
Caso de aceptar esos argumentos, no sólo desaparecerían las cruces de los espacios públicos, sino que se alentaría un fenómeno de desmontaje de infinidad de símbolos históricos. No habría razón para salvar ninguno, tampoco la señal de la cruz que aparece en diversas banderas nacionales europeas, o en himnos que se escucharon días pasados en los estadios de Sudáfrica, o en tantos monumentos artísticos del viejo Continente.
El profesor de la New York University recordó cómo "al otro lado del Canal de la Mancha está Inglaterra, donde pervive una Iglesia de Estado; el jefe del Estado es también cabeza de la Iglesia, y los líderes religiosos son miembros del poder legislativo; su bandera lleva la cruz, y el himno nacional es una plegaria a Dios para que salve al rey y le conceda victoria y gloria". Quizá algún día Gran Bretaña decida reformar su himno, añadió, pero esa decisión no depende del Tribunal de Estrasburgo.
A juicio de Weiler, la sentencia inicial del Tribunal no refleja el sistema del Convenio europeo de derechos humanos, sino que expresa los valores de un Estado laico. Las soluciones pueden ser varias y distintas según los países. "Una sola regla para todos, desprovista de un contexto histórico, político, demográfico y cultural, no solo es desaconsejable, sino que mina el pluralismo, la diversidad y la tolerancia más auténticas que el Convenio pretende salvaguardar y que son el marco de Europa".
Por lo demás, esa deconstrucción del Convenio impondría un laicismo que viola la libertad: a Weiler le parece jurídicamente deshonesto adoptar una posición política que divide a nuestra sociedad, y presentarla como neutral.