Se puede encontrar apoyo en Estrasburgo
ReligionConfidencial.com
El Tribunal de Derechos Humanos del Consejo de Europa, con sede en Estrasburgo, sigue siendo objeto de la atención general por sus intervenciones en materia de laicismo, confesionalidad y libertad religiosa.
Mucho eco tuvo la sentencia del 3 de noviembre de 2009 frente a Italia, sobre el uso del crucifijo en las escuelas públicas, en contra de una dilatada jurisprudencia interna del país vecino. Pero, como se sabe, desde 1999, los ciudadanos no sólo los gobiernos están legitimados para recurrir directamente a ese Tribunal, que vela por los derechos básicos de los 42 países que firmaron la Convención, aunque no formen parte aún de la Unión Europea. Esa posibilidad jurídica ha hecho posible que causas desestimadas por los jueces de un Estado democrático puedan encontrar apoyo en Estrasburgo. Fue el caso de Solie Lautsi, madre de familia italiana de origen finlandés, que vivía en el Veneto.
Sin embargo, el gobierno de Italia no está de acuerdo y ha recurrido la decisión. Su argumento central es que la sentencia confunde la neutralidad del Estado frente a las religiones con la neutralización de cualquier referencia a la dimensión religiosa o espiritual en los espacios públicos. Imponer su eliminación cierra el diálogo y la tolerancia propios del pluralismo y viene a negar la libertad religiosa, favoreciendo el ateísmo o el agnosticismo. Sobre todo, si se trata de símbolos que forman parte integrante de la historia, de la cultura y de las tradiciones de un pueblo.
Como se dice en el recurso, si la presencia de un crucifijo provoca un sufrimiento psicológico tan grande que raya en violación de la libertad religiosa, sería necesario con mayor motivo prohibir otros símbolos religiosos de mayor entidad, como las catedrales o las iglesias de las plazas mayores de las ciudades. Y eso sin pensar en los diversos países europeos que conservan la cruz en su bandera nacional.
Muy distinto es el caso de la mención de las creencias religiosas en el documento nacional obligatorio para los ciudadanos. El Tribunal de Estrasburgo acaba de pedir a Turquía que suprima ese apartado en la carta de identidad, porque se opone a un aspecto de la libertad de religión, que es la de poder manifestar o no las propias convicciones personales.
La demanda fue planteada por un habitante de Izmir, al oeste del país, de confesión aleví, influida por el sufismo y con elementos preislámicos. Esta confesión es considerada por unos como una rama del Islam y por otros como una religión aparte. Al ciudadano no se le permitió incluirla en su documento, en vez del Islam. Turquía se defendió en Estrasburgo subrayando que, desde 2006, los ciudadanos pueden modificar la casilla o, incluso, dejarla en blanco. Pero el Tribunal considera que la violación a la libertad religiosa proviene de la mención misma, sea obligatoria o facultativa, y no del rechazo de la expresión concreta "aleví".
En cualquier caso, se trata de una cuestión menor, comparada con las sentencias de octubre de 2009 sobre el derecho de propiedad de una fundación ortodoxa en los Dardanelos (cementerio, casas, capilla, monasterio), y el derecho al registro de una iniciativa protestante, en la propia capital turca. Muchas reformas en materia de libertad de religión debe afrontar Turquía, no sólo como miembro del Consejo de Europa, sino como candidato al ingreso en la Unión Europea.
La Eurocámara ha expresado las dificultades en sucesivos informes, como el del pasado mes de octubre. Siguen produciéndose amenazas y ataques violentos contra sacerdotes y ministros no musulmanes en diversas provincias. Los misioneros son considerados como un riesgo para la integridad del país. Y, en fin, el gobierno sigue sin devolver a la Iglesia ortodoxa el seminario de Halki, cerca de Estambul, cerrado injustamente en 1971.