Inicia el camino hacia la creación de los "niños a la carta" concebidos según las preferencias de los padres
Gaceta de los Negocios
Ha nacido en España el primer bebé concebido in vitro para curar a su hermano de una enfermedad hereditaria. El pequeño Andrés padece beta-talasemia major, un tipo de anemia cuyo único tratamiento eficaz consiste en trasplantar células madre de médula ósea de un donante genéticamente sano y que sea histocompatible con el enfermo; o con células de su cordón umbilical que son también multipotentes.
Los pasos a seguir son los siguientes: concebir embriones humanos en el laboratorio; someterlos a "control de calidad"; destruir a los portadores de la enfermedad; eliminar, también, a los que aun no siendo portadores de la dolencia no son histocompatibles con el hermano enfermo; y, finalmente, transferir al útero de la madre al elegido, para utilizarlo como medicamento para curar al hermano.
La Ley de Reproducción Asistida de junio de 2006, autoriza la creación de bebés medicamento para curar al hermano enfermo. Sin embargo, el Código Penal, artículo 160, considera delito la creación de embriones con cualquier fin distinto de la reproducción. Estas actividades se llevan a cabo con el permiso de los padres. Pero a tenor del artículo 154 del Código Civil la patria potestad "se ejercerá siempre en beneficio de los hijos", y no es el caso. Las leyes antes mencionadas no se atienen a lo dispuesto en estos Código.
El bebé medicamento inicia el camino hacia la creación de los llamados "niños a la carta" concebidos según las preferencias de los padres. Existen clínicas, en EEUU, que acumulan embriones de óvulos de jóvenes fecundados con esperma de donantes de distintas características que les permite ofrecer niños con diversos pedigrí: rubios, de ojos claros, oscuros
. La posibilidad de crearlos a gusto del consumidor puede alcanzar el disparate. Es conocida la historia de dos lesbianas que querían un hijo sordomudo como ellas. La pareja consiguió convencer como donante a un amigo sordo congénito de al menos cinco generaciones sin capacidad auditiva. El resultado ha sido un bebé que a los cuatro meses presentaba una profunda sordera en el oído izquierdo y un rastro de audición en el derecho.
Las implicaciones éticas se derivan de no respetar la sacralidad de la vida humana. La naturaleza humana no se puede reducir a meras definiciones científicas. Al destruir embriones, ocultos bajo el eufemismo de preembriones, se desprecia el valor del ser humano individual y el de todos los hombres. Hay que tener en cuenta que se desechan algunos perfectamente sanos pero al no ser compatibles no sirven, no ya como personas, ni como medicamentos, lo que supone la máxima degradación del ser humano.
Resulta encomiable la conducta altruista que pretende la desaparición de enfermedades; ahora bien, este fin no puede alcanzarse por cualquier medio. Pero la sociedad del bienestar no se manifiesta en esa dirección. Frente a los que mantienen que no debe existir otro límite que lo que sea imposible científicamente, se alza el punto de vista de la bioética personalista que entiende que el progreso técnico debe adaptarse a un axioma de racionalidad ética, básico e incuestionable. Si se pone un límite injustificado en el proceso de desarrollo de la vida humana este límite podrá moverse en cualquier momento que convenga, tanto en su inicio como en su final.
María Dolores Vila-Coro (Presidenta de la Sociedad Española de Biojurídica y Bioética)