El recurso a la objeción de conciencia confirma la vitalidad de la democracia, al reforzar de alguna forma el consenso en cuya virtud la objeción existe, y garantizar uno de los elementos políticos que fundamentan el sistema democrático: el respeto de las minorías
El teatro Ateneo de Madrid, acogió ayer el II Simposio Nacional sobre Objeción de Conciencia organizado por la Asociación para la Defensa del Derecho a la Objeción de Conciencia del Personal Biosanitario (ANDOC) al que acudieron destacados especialistas como el catedrático de Derecho en la Complutense, Rafael Navarro Valls quien destacó que el derecho a la objeción de conciencia garantiza el respeto de las minorías
El Simposio abordó la objeción de conciencia desde una triple perspectiva: jurídica, filosófica y sanitaria; sin olvidar la polémica actual sobre la objeción de conciencia a la Educación para la Ciudadanía.
Rafael Navarro Valls afirmó durante su intervención que el recurso a la objeción de conciencia confirma la vitalidad de la democracia, al reforzar de alguna forma el consenso en cuya virtud la objeción existe. Al mismo tiempo garantiza uno de los elementos políticos que fundamentan el sistema democrático: el respeto de las minorías, explicó.
El catedrático destacó uno de los fenómenos más llamativos que conoce el Derecho contemporáneo, el de la objeción de conciencia: el de los conflictos entre ley y conciencia. Es tal la multiplicación de sus modalidades que hoy se habla de objeciones de conciencia, en plural.
Tras esta afirmación trató del enfrentamiento entre el deber de obediencia que impone la norma legal (con base en la conciencia común) y el deber de resistirla que sugiere la norma moral (radicada en la conciencia singular). Cuando un ciudadano dice no a la ley en un caso de objeción de conciencia, lo hace por un motivo noble, un deber para su conciencia, añadió.
Hoy se detecta una especie de big-bang de las objeciones de conciencia en todo el mundo. Así, por ejemplo, de la inicial negativa a un servicio militar armado se ha pasado al rechazo de la prestación social sustitutoria. Y, desde ésta, se ha reclamado la objeción de conciencia a la cuota impositiva dedicada a gastos de defensa,
Objeción de conciencia para no colaborar en abortos
De la objeción de conciencia del personal facultativo a la realización de abortos, se ha desgajado la negativa del personal no sanitario a colaborar en la práctica del aborto; la de algunos farmacéuticos a dispensar medicamentos abortivos, la reticencia de la clase judicial italiana a completar con su voluntad la de la menor que desea abortar contra el consentimiento de sus padres; o la resistencia de algunos contribuyentes en áreas jurídicas diversas a pagar impuestos dirigidos a políticas sanitarias que financian el aborto, recordó Rafael Navarro-Valls.
Además precisó todavía resuenan en el derecho continental europeo los ecos de la motivación aducida por el rey Balduino para no firmar la ley belga del aborto: «¿Acaso la libertad de conciencia vale para todos excepto para el Rey?.