El autor de este artículo, que fue Presidente del Consejo Escolar del Estado, cuestiona las actuaciones hoy, de este órgano consultivo dependiente del Ministerio de Educación
En estos días todos los medios de comunicación y la opinión pública se hacen eco de las últimas deliberaciones del máximo órgano consultivo del Ministerio de Educación y Ciencia, el Consejo Escolar del Estado. Lo triste del caso es que dicha actualidad no es fruto de ninguna decisión positiva, sino de un cúmulo de medidas que han causado malestar, sorpresa e indignación a muchísimos españoles.
Bueno es recordar que la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, en su título 3.1, señala qué es el máximo órgano consultivo en materia educativa: un cauce de participación, institución de representación social, no geográfica ni política, y donde está representada toda la comunidad educativa; es atalaya privilegiada para conocer la situación y estado de la educación en España.
El prestigio, y la pervivencia, de este importante órgano colegiado corre grave peligro cuando, como ha ocurrido ahora, se desconoce o se tergiversa la realidad educativa de la sociedad española, e incluso se informa y se dictamina en contra de esa realidad, con una indudable carga política desestabilizadora. Se pone de manifiesto cuando se arremete de forma sectaria contra todo lo que hace relación a la religión católica, a los derechos de los padres a la hora de elegir el tipo de educación que quiere para sus hijos; se instala en el más rabioso laicismo y se pronuncian por expulsar a los profesores de Religión de los claustros.
Causa extrañeza también que éste órgano no sea consciente de sus competencias, campo de acción y responsabilidades, al cuestionar, con el voto de calidad de la Presidenta, la señora Marta Mata, los Acuerdos del Estado con la Santa Sede, y en un ridículo alarde de incompetencia y frivolidad se atreve a pronunciarse sobre la constitucionalidad de dicho Acuerdo. Me figuro que todo ello no significará ignorar la existencia o intentar suplantar al Tribunal Constitucional y a los objetivos y funciones que tiene encomendadas tan alto organismo. Como indicaba el diario ABC hace unos días, constituye «un sectarismo impropio de una sociedad democrática. (?) Esta agresión tan injusta como inoportuna contra las creencias mayoritarias de los ciudadanos demuestra la escasa consideración que guarda el dogmatismo ideológico hacia la realidad de los hechos».
Consideraciones personales
- La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 establece que la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana, y que los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que dar a sus hijos. La Constitución española de 1978, basada en dicha Declaración Universal, reconoce la libertad de enseñanza en su artículo 27, y declara que los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. Es un derecho fundamental.
- La educación religiosa no es una concesión gratuita y carente de fundamento que el Estado hace a la Iglesia, ni a los centros, educativos, a los profesores y a las familias, sino el dar cumplimiento a un mandato constitucional explicitado en el artículo 27.
- Asistimos a una campaña, más o menos orquestada, que trata de erradicar el fenómeno religioso de los centros educativos y de la sociedad en su conjunto. Incluso el último Informe del Consejo Escolar del Estado se pronunciaba en el sentido de que la Religión confesional «debe situarse fuera del currículo escolar y, por tanto, no debe ser evaluable a efectos académicos, por formar parte de las convicciones personales y privadas de las personas y no ser acervo común propio de la institución escolar».
- Se ignora, o se orilla, a la hora de la verdad, que la familia, los padres, por derecho natural, son los primeros educadores de sus hijos y que los centros educativos y los profesores actuamos por delegación de ellos y, guste o no guste, se intenta olvidar por muchos políticos y colectivos que un elevado número de familias desean y solicitan la enseñanza religiosa para sus hijos. Las estadísticas son implacables, y en el momento actual arrojan más de una 70% de familias que contemplan con estupor e indignación que su derecho, reconocido en el artículo 27.3 de la Constitución, es olvidado, y su libertad de conciencia y de respeto a las convicciones morales y religiosas puede convertirse en papel mojado.
- Se afirma, con total ligereza, que la educación religiosa en los centros educativos públicos nos aleja de Europa, cuando la realidad europea nos presenta una escuela cada vez más preocupada por el problema de la humanización y de los valores y consideran que el papel que desempeña la enseñanza religiosa escolar y su concreción en planes, programas y actividades es una aportación sumamente positiva que potencia los fines y objetivos de la Escuela.
- Utilizando un lenguaje maniqueo y tendencioso, tratan algunos colectivos, supuestamente representativos, de identificar enseñanza religiosa como privativa de centros concertados y privados y contraria a los intereses de la escuela pública. Bueno será recordar que san José de Calasanz fue el creador y propulsor de la escuela pública y popular en Europa.
El panorama es grave y preocupante. No podemos caer en una situación anímica de desaliento y desesperanza. Es obligada una llamada a nuestra responsabilidad y a la urgencia de ser coherentes con nuestras ideas y creencias, y no dejarnos desbordar por un malentendido progresismo, erróneamente concebido y tendenciosamente aplicado.
Alfredo Mayorga Manrique
Alfa y Omega
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