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«No está probado que los obispos se atribuyan competencias de la Administración»
MADRID, viernes, 19 noviembre 2004 (ZENIT.org-Veritas).- El Tribunal Supremo sentenció el pasado 29 de septiembre que la forma en la que se produce actualmente la designación de ...
«No está probado que los obispos se atribuyan competencias de la Administración»
MADRID, viernes, 19 noviembre 2004 (ZENIT.org-Veritas).- El Tribunal Supremo sentenció el pasado 29 de septiembre que la forma en la que se produce actualmente la designación de los profesores de religión es la correcta, según informó hoy el SIC.
La fórmula actual contempla que el obispo diocesano sea quien propone al candidato idóneo para la enseñanza de la religión en un colegio concreto, y la Administración quien «designa y destina» al profesor a ese colegio.
«Ante algunas demandas realizadas con el fin de que la Administración fuera quien determinase el colegio al que el profesor fuera destinado, el Tribunal Supremo ha fallado a favor de la forma acostumbrada hasta ahora, por la cual el Ordinario diocesano hacía la propuesta del profesor para un colegio concreto», afirmó el SIC.
Según afirma la sentencia, «ni la Administración educativa designa a personas no propuestas por los Ordinarios respectivos, ni ha quedado probado que los Obispos se atribuyan competencia ni decisión alguna que corresponda a la Administración».
«No aparece acreditado que en ningún momento la jerarquía eclesiástica se haya atribuido facultades que sólo a la verdadera empleadora (la Administración educativa) competen, tales como la concesión de permisos o licencias, imposición de sanciones disciplinarias, fijación de horarios, etc., ni que se haya planteado hasta ahora ninguna duda o discrepancia al respecto», afirma el Tribunal Supremo.