1.- Exposición del problema
A favor de la legalización del aborto se han esgrimido algunos argumentos de corte totalitario y otros de corte liberal. Según los primeros, el aborto puede ser un medio aceptable para cumplir algún fin que sus promotores consideran "bueno" para el conjunto de una sociedad, como la limpieza étnica o la regulación demográfica. Según el argumento totalitario la decisión sobre el aborto debe tomarla quien vela por el "bien" del Todo, y no cada individuo o cada pareja, cuyo punto de vista siempre sería parcial. En esta perspectiva es el Estado (o el Partido) quien debe tomar las decisiones. Poca gente defendería hoy abiertamente este tipo de políticas. Sin embargo, formas debilitadas del argumento totalitario siguen vigentes en la ceguera occidental para con la represión demográfica china y en el uso de metáforas sesgadas, como "sufrimos una explosión demográfica" o "la humanidad es el cáncer de la bioesfera".
Por otro lado aparecen los argumentos de corte liberal. La discusión de éstos resulta más estimulante humana e intelectualmente (especialmente para los que nos consideramos liberales y partidarios de la vida). Desde este punto de vista la cuestión del aborto tiende a presentarse como un conflicto de intereses o de valores entre la/el no nacida/o y su madre. Así, la gestación del embrión puede poner en peligro la vida de la madre, su salud mental o física, su estatus socioeconómico o su libertad para decidir la maternidad. Por otro lado, la interrupción del embarazo pone en peligro, obviamente, la vida de la/del no nacida/o. Los "pro-vida" quieren que sea siempre el valor de la vida el que prevalezca sobre cualquier otro, por lo tanto, sólo en caso de peligro para la vida de la madre sería aceptable la interrupción del embarazo, y aun en ese caso, la madre podría decidir heroicamente a favor de la vida de su hijo, resignando la propia. Para los "pro-elección" es siempre y en todo caso la madre quien tiene el poder para zanjar el conflicto.
La posición de los "pro-elección" aún admite matices: algunos creen que la madre sólo puede elegir en el caso de que se pueda constatar objetivamente el conflicto, es decir, si ha habido una violación, que evidentemente ataca a la libertad de la mujer para decidir su maternidad, o un dictamen médico que afirme el riesgo para la vida o salud, física o psíquica, de la madre, o incluso algún indicio claro de que el estatus socioeconómico de la madre se vería amenazado por el nacimiento de un hijo. Otros afirman que la percepción subjetiva de la madre es suficiente, y que el único límite que se debe imponer a la decisión de la madre es que ésta se produzca dentro de un cierto plazo. Más allá de ese plazo creen que la interrupción voluntaria del embarazo tampoco debería estar prohibida, pero sí restringida a las indicaciones dichas. Los primeros piden una ley de indicaciones, como la que tenemos en España, o una ampliación de la misma hasta la inclusión de la indicación socioeconómica. Los segundos piden una ley de plazos.
Hasta aquí la exposición del problema. Entremos en la discusión. Es evidente para toda persona informada que el embrión es un ser vivo distinto de la madre desde el momento de su concepción, y no una parte de la misma, pues su dotación genética, que lo identifica, es distinta. De ningún modo puede confundirse un embrión con una parte de la madre. Hasta aquí existe acuerdo. Las discrepancias comienzan cuando se discute si el embrión o el feto, en alguna de sus fases, es o no un ser humano, o si es o no una persona. La línea de argumentación que propongo, al igual que la de Don Marquis, evita entrar en esta procelosa cuestión y adopta como premisas tan sólo aquéllas sobre las que el acuerdo social es generalizado.
2.- Las leyes de plazos y el valor de los seres vivos
Si aceptamos que todo ser vivo - sea humano o no - tiene un cierto valor, por escaso que sea - y éste también es un punto sobre el que existe acuerdo -, entonces tenemos que aceptar que la destrucción del mismo no puede ser caprichosa o gratuita. La destrucción de cualquier ser vivo requiere una razón proporcional a su valor. Creo que cualquier persona con una mínima conciencia ecológica puede aceptar esta afirmación. En muchos casos damos por buena, e incluso exigimos, la custodia por parte del Estado de los bienes naturales. La caza, las corridas de toros, las actividades económicas que afectan a seres vivos, están estrictamente reguladas. El modo en que se da muerte a las reses, su transporte y el trato que merecen están sujetos a ley. No podría ser de otro modo en relación al ser vivo que es el embrión o el feto. El modo en que se le da muerte, lo más indoloro posible, y las causas que supuestamente la justifican deberían estar reguladas en cualquier sociedad civilizada y dotada de una mínima conciencia ecológica. En consecuencia, una ley de indicaciones, que introduce un mayor control y una mejor protección de la vida, es siempre preferible a una ley de plazos, que deja la suerte de un ser vivo a la decisión, justificada o no, de otro. Es un hecho que las madres deciden razonablemente en la mayor parte de los casos, pero en absoluto se puede suponer que la decisión de la madre será siempre justa y motivada. Recuérdese que la regulación y protección afecta incluso a ciertas plantas, cuya destrucción exige la acreditación de una razón adecuada. Negar la necesidad de una cierta regulación en el caso del aborto sería tanto como afirmar que la vida de un embrión o de un feto de tres meses -perfectamente diferenciado- es inferior en valor al de algunas plantas. En consecuencia, por razones de carácter biológico y ecológico, una ley de plazos es todo menos progresista.
3.- Las leyes de indicaciones y la resolución justa de conflictos
Vayamos, pues, con las leyes de indicaciones, en principio menos insensatas que las de plazos. Estas leyes tratan de regular un conflicto constatado entre los intereses de la madre y los de un ser vivo, el embrión o el feto, que como cualquier otro ser vivo está "interesado" en seguir vivo. Cuando se produce un conflicto en una sociedad civilizada tratamos de resolverlo de un modo razonable y negociado, sin causar daños gratuitos a ninguna de las partes. Vistas así las cosas, la madre, una persona libre y autónoma, puede decidir no verse atada por más tiempo a un ser cuya presencia no ha querido o que le produce graves inconvenientes. Bien, lo que no puede decidir en modo alguno es darle muerte. Dicho de otro manera, puede tener derecho a desvincularse de la/del no nacida/o, pero en modo alguno a exigir además su muerte. Puede tener derecho a que se interrumpa el embarazo, pero no a que se interrumpa la vida de la/del no nacida/o, que desde el momento y hora en que sea viable debería ser preservada. Esto sucede ahora a partir del quinto o sexto mes de embarazo y este plazo se va recortando a medida que se producen avances médicos y tecnológicos. El feto se podría extraer por decisión de su madre, cuya libertad supuestamente limita, pero en modo alguno se le puede dar muerte por esa misma decisión. Nadie tiene derecho a decidir la muerte de la/del no nacida/o, tan sólo a solicitar que lo separen de su útero. Además sabemos que las posibilidades de adopción son máximas. En resumen, si se plantean las cosas como un conflicto entre distintos individuos, entonces uno puede reclamar su “libertad”, pero no la muerte del otro. Así pues, hay que distinguir, en efecto, entre interrupción del embarazo y aborto. Ambas cosas coinciden hasta cierto momento de la gestación, pero es una mera coincidencia circunstancial. A partir del momento en que sea posible salvar la vida del feto, ha de intentarse. Y hasta ese momento, sería razonable pedir el auxilio de la única persona que puede ayudar, a saber, su madre. En caso de que se niege, estaríamos en una figura análoga a la de "denegación de auxilio", contemplada por los códigos penales. No se puede hablar plenamente de "denegación de auxilio", pues está implicito que el auxilio se deniega a una persona, y hemos dicho que no entraríamos en la discusión acerca de si la/el no nacida/o lo es o no. Pero no cabe duda de que estamos en algo muy parecido a la "denegación de auxilio" y que quizá admita una regulación no penal, quizá mediante incentivos y ayudas. Una ley que consienta la resolución de un conflicto causando a una de las partes un daño mayor que el estrictamente necesario para tal resolución no puede ser considerada correcta, y desde luego no atiende a lo razonable, sino a desmedidas exigencias emocionales (algo parecido sudece en el caso de los maltratadores, que, una vez consumada la separación, prefieren ver muerta a su pareja).
4.- El argumento sociológico
Es un hecho que gran parte de nuestros conciudadanos están en contra de la permisividad con el aborto y que otra gran parte de la sociedad está a favor en uno u otro grado. Por eso este debate permanece vivo y en apariencia bloqueado. Este hecho social debería hacernos pensar. Las personas que están a favor y las que están en contra son, en términos estadísticos, similares: ni más ni menos razonables, ni mejores ni peores ciudadanos, ni menos ni más cultas, comparten inmueble y barrio, no se distinguen por clase social o actividad laboral. Ni siquiera la confesión religiosa o la afinidad política es determinante. Y aunque así fuera, nadie debe ser considerado como irrazonable por el mero hecho de ser agnóstico, cristiano, hebreo o ateo, de izquierdas o de derechas. Luego, las opiniones de unos y otros no pueden ser descartadas como las de una secta de fanáticos; no son fanáticos la mayor parte de los "pro-vida" ni la mayor parte de los "pro-elección".
Estamos en una situación de simetría en cuanto a la reputación social de los argumentos. Pero en este caso la simetría no basta. Recordemos el famoso argumento del cazador: entre las matas puede haber un jabalí o un compañero de partida, nadie debe disparar si duda. Formulemos una versión sociológica del argumento del cazador. Supongamos que varios cazadores opinan que entre las matas hay un jabalí, pero otros tantos tienen sus dudas. ¿Deberían los primeros hacer oídos sordos a lo que les dicen los segundos y disparar? ¿No sería éste un gesto de imprudente autoconfianza? Lo sería, obviamente, si los cazadores que exponen sus dudas son tenidos a otros efectos por personas razonables, cuyas opiniones merecen atención y respeto. En el debate del aborto una parte afirma - hay que suponer que con total, absoluta y dogmática seguridad - que la vida que se elimina no es la de una persona, mientras que la otra parte afirma que en efecto lo es, o al menos que existen dudas. En tales circunstancias sociológicas sólo el dogmatismo más acrítico puede hacer que no se acepte la duda y que no se adopte la posición más prudente. Todo esto se puede afirmar sin entrar en el fondo de la cuestión, sin discutir si de hecho el feto es o no un ser humano o una persona, lo que cuenta en este argumento es tan sólo el hecho social de que, tras largos años de debate, las opiniones de las personas razonables siguen divididas, luego no deberíamos disparar, es decir, no deberíamos acabar con la vida de las/los no nacidas/os.
5.- En pro de la verdadera libertad de elegir
Por último, es común afirmar que “nadie quiere el aborto”, sino del derecho a elegir por parte de la madre. Se dice que el aborto es un mal menor que se acepta no sin sufrimiento. Evidentemente es así. Nadie visita una clínica abortista por gusto (salvo quizá los propietarios que se lucran de las mismas). En esto creo que también existe un extendido consenso. Pero parece que de tales afirmaciones no siempre se siguen las consecuencias oportunas. Si lo que se quiere es favorecer la libertad de elección y evitar males, se debe hacer todo lo posible para que la mujer no tenga por qué someterse a una intervención que no desea positivamente, sino tan sólo como mal menor. Es decir, hay que localizar cuál es el mal que se ve como mayor, el que se pretende evitar en cada caso, y dar todos lo pasos posibles para evitarlo de una mejor manera, sin causar siquiera el mal que se percibe como menor. Es evidente que con políticas adecuadas sería posible evitar la necesidad de abortar en la gran mayoría de los casos. En los casos de violación, se deberían tomar todas las medidas para evitar la injusta crueldad social del estigma, y para procurar a la madre todo el reconocimiento, afecto y apoyo económico que merece quien a pesar de haber sido la víctima de un cruel crimen toma una decisión valerosa. Y cuando se requiera facilitar los trámites de adopción. En los casos de previsibles malformaciones de la/del no nacida/o o de riesgos para la salud de la madre también sería exigible el mismo apoyo. Pero de hecho, la inmensa mayoría de los abortos que se producen en España se deben a circunstancias socioeconómicas más o menos desfavorables camufladas bajo un supuesto riesgo para la salud psíquica de la madre. De lo dicho se sigue que las políticas realmente progresistas consisten en remover tales problemas socioeconómicos y en asegurar a la madre que tendrá la consideración de sus conciudadanos, su solidaridad y las instituciones sanitarias y educativas adecuadas para su cuidado y el de su hijo. En tales circunstancias la decisión empezaría a ser realmente libre. Una medida primera, elemental y de mínima justicia sería ofrecer a las madres que decidan continuar con la gestación, a pesar de estar en alguna de las indicaciones contempladas por la ley, todo el apoyo económico que precisen. El aportar toda la información objetiva y precisa sobre lo que supone un aborto también es una medida que favorece la libertad de elección - elección informada -.
En consecuencia, entiendo que deberíamos luchar con toda intensidad para obtener estos apoyos para la libertad de la madre. Parece obvio que si “nadie desea un aborto” y ponemos las condiciones para que las decisiones sean realmente libres, es decir, para que nadie se vea obligado a aceptar lo que no desea, entonces nadie elegirá el aborto. Caracterizadas positivamente, las políticas a favor de la vida y las políticas a favor de la libertad no tienen por qué ser antagónicas, sino complementarias.
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