3. La satisfacción, núcleo del sistema soteriológico anselmiano
Acabamos de entrar en uno de los puntos más fundamentales de la doctrina anselmiana sobre la Redención. «Uno de los méritos menos discutidos y menos discutibles de San Anselmo es su análisis del pecado que le permitirá concluir en su célebre aforismo: necesse est ut omne peccatum satifactio aut poena sequatur. Axioma capital que será la base de todas sus deducciones» 67. Importa, por tanto, entender muy bien lo que se quiere decir con estas palabras. Siendo imposible que Dios deje prescribir los derechos de su honor, y vistas ya las matizaciones que el autor hace a este concepto, es necesario que a todo siga la satisfacción o la pena, es decir, la reparación voluntaria o el castigo obligado.
Se manejan aquí nociones básicas que van a originar distintos sistemas soterilógicos. Según Riviere, San Anselmo introduce la idea de satisfacción como una tercera vía para la construcción de un nuevo sistema soteriológico, frente a los anteriores ya existentes que eran el de el castigo y el de la expiación, «las ideas de sustitución penal y de sacrificio expiatorio representan las dos vertientes fundamentales de la teología redentora entre los Padres» 68. Es decir, hasta San Anselmo habría sólo -siguiendo a Riviere- dos sistemas soteriológicos, basados, respectivamente, en los conceptos de castigo y de expiación. El castigo supondría la aplicación ineludible de una pena, infligida «precisamente para la reparación del orden destruido y de la transgresión voluntaria. Los otros fines, medicinales, meritorios, u otros, no estarían necesariamente excluidos, pero deben subordinarse a esa finalidad primera y capital» 69.
Ahora bien, si de la noción de castigo nos quedamos sólo con el hecho de soportar un mal «descartamos la idea de venganza para poner en su lugar, en aquél que inflige la pena, un sentimiento de complacencia por la generosidad del que acepta voluntaria mente este papel doloroso, tendremos entonces la idea de expiación» 70, Así, mientras en el castigo se pone el acento en el carácter necesario del sufrimiento, en la expiación se contempla más el carácter voluntario, y por tanto meritorio, de dicho sufrimiento.
Por último, podríamos ir aún más lejos y hacer abstracción del sufrimiento, de tal manera que «nos quedaría solamente la complacencia divina ante una acción que es realizada en compensación del desorden inherente al pecado. De esta manera llegamos al concepto estricto de satisfacción» 71. Bien entendido que en este último caso, el sufrimiento -que era la característica esencial del castigo y de la expiación- no queda excluido de hecho, pero sí subordinado totalmente a la acción moral de ofrecer una reparación voluntaria 72. De aquí la importante innovación que va a suponer en el panorama soterilógico Cur Deus horno abriendo un nuevo camino: el de la satisfacción.
Pero antes de seguir adelante, hemos de advertir un pequeño detalle. Primero, Riviere habla de sacrificio expiatorio, como vertiente soteriológica opuesta a la de sustitución penal, pero luego, en su elaboración teológica, como hemos visto, va a dejar olvidado el aspecto de sacrificio para hacer hicapié en el de expiación. Veamos cuál es el origen de este olvido.
3.1 Silencio de San Anselmo sobre el sacrifico de Cristo
La alternativa clásica entre las dos vías, penal y sacrificial, es sustituida en la obra anselmiana por un nuevo binomio: penasatisfacción. ¿Qué pasa entonces conel sacrificio? Por sorprendente que parezca, San Anselmo prescinde de toda referencia a la actividad sacrifica! y sacerdotal de Jesucristo 73, conviertiendo la satisfacción en una categoría autónoma de la del sacrificio, esto es, que por sí sola sea capaz de brindar una explicación de la Redención 74.
La cuestión aquí se complica, quizá, por la interpretación que hace Riviere, situando a un mismo nivel los planteamientos de sustitución penal -teoría hoy totalmente superada- y de sacrificio expiatorio -categoría fundamental de la revelación que sobre el misterio de la Redención nos hace la Sagrada Escritura- como si se tratara de cuestiones equiparables. Esto nos pone de manifiesto uno de los aspectos más discutibles, y más debatidos, de la elaboración teológica -de incuestionable valor, por otro lado, si la tomamos en su conjunto- que hace el Dr. Riviere.
Veamos lo que dice a este respecto el redentorista español Basilio de San Pablo. «El fallo fundamental de Riviere -tan benemérito en la investigación, el estudio y la defensa del misterio redentor- se cifra en desechar la noción de sacrificio como básica en la explicación de ese misterio, para proponer, sobre el fundamento de la satisfacción anselmiana, su teoría de la reparación moral. ¿Dónde se nos habla en las fuentes de la revelación de una reparación obtenida por actividades puramente morales? Por lo demás, el misterio redentor no es una idea abstracta, sino una no ción encarnada en la historia. Toda la Epístola a los Hebreos mira a comprobar la superioridad del sacerdocio de Cristo sobre el de Aarón, y de su sacrificio sangriento sobre los sacrificios levíticos» 75 y, un poco más adelante, añade: «convenios con Riviere en que la Soteriología de los Padres es muy rudimentaria y desla bazada, pero negamos en absoluto que se vislumbre en ella ninguna perspectiva, trayectoria, teoría o sistema que no arranque y se desarrolle dentro del esquema del sacrificio. Mucho menos cabe en ellos un esquema de expiación penal en contraposición al de sacrificio» 76.
Nos inclinamos a pensar, con Basilio de San Pablo, que Riviere -apasionado quizá en la elaboración y defensa de su propio sistema- ha interpretado incorrectamente el silencio de San Anselmo acerca del sacrificio y sacerdocio de Cristo. «No es que el Santo Doctor insinúe -como lo hará el doctor Riviere en el siglo XX- que la noción de sacrificio es menos apta para servir de base a una estructuración científica de la Soteriología. La pasa únicamente por alto, para tomar otro rumbo y brindar otra estructura» 77. No deja de sorprender, desde luego, esta deficiencia en los planteamientos de Riviere. Nos parece mucho más lógico seguir a Santo Tomás en este punto e incorporar la noción de satisfacción a la de sacrificio, afirmando que Cristo satisface como Sacerdote en virtud de su Sacrificio, realzando así el sacerdocio de Cristo como realidd suprema hacia la que orienta toda su vida terrena.
Inexplicablemente Riviere rechaza este camino: en la voz Rédemption del DTC prescinde completamente de estudiar el sacerdocio y sacrificio de Jesucristo y en alguna revista llega incluso a afirmar que la muerte de Cristo es sacrificio en sentio «metafórico» 78. No pretendemos aquí hacer una descalificación global de la doctina de Riviere, a quien reconocemos una máxima autoridad en esta materia, pero disentimos en este punto, aun suponiendo que Riviere nunca pretendió negar la realidad del sacrificio de Cristo, sino señalar quizá su carácter analógico con respecto a los sacrificios del Antiguo Testamento.
3.2 «Satisfactio» y «satispassio»
En cualquier caso, parece que San Anselmo intenta contraponer la satisfacción a la pena, idea, esta última, sobre la que se fundamenta una teoría (redención por expiación pena0 que, sin ser heterodoxa, terminará siendo totalmente superada. Dicho brevemente, la doctrina de la expiación penal consistiría en lo siguiente: Cristo nos ha redimido en virtud de los sufrimientos que Él ha padecido en nuestro lugar y que son, precisamente por su carácter de sufrimiento, una compensación total y adecuada de la deuda contraída por nosotros, por nuestro pecado 79. El mayor inconveniente de este sistema se nos presenta en la misma base sobre la que se asienta: «aparecen en ella los tormentos de Jesucristo como el blanco primero y directo, si no el fin supremo, del plan divino; mientras que aún incorporados estos tormentos a la economía redentora, no dejan de ser un mal, del que solo se puede admitir el que Dios lo haya permitio» 80.
Obsérvese que este sistema de la «expiación penal» pivota sobre dos ideas que se reclaman mutuamente: la de sustitución penal (Cristo padece en nuestro lugar) y la satispassio (redención por el castigo sufrido). A esto opondrá San Anselmo un sistema basado en la satisfactio, donde predomina el aspecto moral (voluntario) de la reparación sobre el penal. Esta es su gran aportación precisamente: entender la Redención más como satisfactio que como satispassio, liberando a la Soteriología de una pesada carga. Se ha dicho hasta la saciedad que la soteriología anselmiana adolece de un pesado y árido juridicismo, sin valorar quizá suficientemente el avence que supone con respecto a la Soteriología anterior, pues, al hacer predominar la acción moral sobre el castigo, revaloriza el Amor como causa de nuestra Redención. Podemos afirmar, por tanto, que el verdadero juridicismo estaría en la doctrina de la expiación penal, que precisamente San Anselmo combatirá con la doctrina de la satisfacción 81.
Los antecedentes de este planteamiento anselmiano los en contramos, una vez más, en la doctrina de San AgustÍn, quien, en su tratado In loannis evangelium, pone en boca de Cristo las siguientes palabras: «No pago por necesidad de mi pecado la muer te, pero en morir cumplo la voluntad de mi Padre, y en esto hago más que padezco, porque, si no quisiera, tampoco padecería» 82. Parece que aquí, San Agustín ha intuido el fondo del problema: plusque ibi facto quam patior («y en esto hago más que padezco»):
¿no está aquí en germen el planteamiento anselmiano? Efectivamente, al hacer predominar el facio sobre el patior, «el obispo de Hipona ha rozado el término anselmiano de satisfacción en el cual se iba a amoldar definitivamente el dogma de la Redención» 83. Pero nótese bien que hablamos siempre de «predominio» de la satisfacción sobre la pena; no se trata de rechazar absolutamente el elemento penal, sino de colocarlo en su sitio. «No cabe duda de que el elemento penal debe entrar en la teología de la Redención como elemento perteneciente a la fe católica acerca del misterio. La cuestión es saber qué lugar exacto le corresponde. Más de una vez se ha considerado como el elemento principal de hecho; más todavía como el elemento esencial de derecho. Ahora bien, la teología católica, aun aceptando en sus justos límites el principio y el hecho de la expiación, la ha mirado siempre como algo secundario» 84.
Pensamos que esta aclaración nos ayuda aún más a entender el verdadero alcance de la teoría anselmiana como inicio de una nueva era para la Soteriología. Hasta entonces, la teología de los Padres orientales se había centrado más en una concepción mística de la Redención, en el cual se ponía de relieve la divinización de la humanidad a partir de la Encarnación del Verbo, mientras que los Padres occidentales .ofrecían una teología más realista, atenta más bien a los valores que nos han sido revelados en los tormentos que Cristo subre en su humanidad. Pues bien, frente a este panorama, Cur Deus horno supondrá un «intento por reducir a siste ma armónico la doctrina soteriología revelada. En relación a los Padres orientales, prestará a la humanidad de Cristo una atención que ellos no le prestaron. En relación con los Padres occidentales investigará todo el alcance moral y sobrenatural de las actividades de Cristo, en una forma y con unos métodos no ensayados por ellos» 85.
Para San Anselmo, por tanto, satisfacción y pena no serían conceptos excluyentes, porque la redención no puede ser puramente moral, ya que viene exigida por la justicia divina que implica un cierto aspecto de castigo, «no conviene que Dios deje el pecado sin castigo...» 86 ; pero tampoco será exclusivamente penal, ya que prima, como hemos visto, el concepto de satisfacción.
Pero quisiéramos poner de relieve otra virtualidad de esta concepción de la redención. «La doctrina anselmiana de la reparación (...) nos revela la infinita capacidad de la humanidad de Cristo que comienza a figurar en la teología como instrumento de la divinidad. Gracias a esa noción, que tan fecunda resultará en el magisterio de Santo To más, se comienza a colocar la satisfacción del pecado en el terreno de la justicia» 87. Efectivamente, si Cristo satisface es porque la infinita potencia de la divinidad actúa a través de la humanidad, pero será el Aquinate quien explicará la manera como se realiza la obra salvadora de Jesucristo: per modum efficientiae.
Es ya casi un lugar común decir que San Anselmo toma el concepto de satisfacción del derecho germánico, para convertirlo en la base de un sistema que, quizá por eso, adolece de excesivo juridicismo. Ciertamente, el derecho germánico admite para todo delito una compensación pecuniaria o Wergeld que no es tanto una pena como una especie de satisfacción voluntaria 88. Esta alternativa entre pena o satisfacción parece quedar claramente reflejada en la ya citada proposición de San Anselmo: «es necesario que a todo pecado siga satisfacción o pena». Para el derecho romano, en cambio, las dos nociones de satisfacción y pena eran correlativas. Quizá por esto, entre los Padres latinos, tuvo tanta aceptación la teoría de la expiación penal aplicada a la muerte de Cristo, siendo San Anselmo el primero que le aplica un valor satisfactorio.
Hasta aquí la interpretación de la doctrina anselmiana que llegó a hacerse clásica entre muchos teólogos. Pero, una vez más, va a ser Riviere quien nos va a aportar luces nuevas para una interpretación más parofunda de la doctrina del Becense: «La historia -dirá- protesta contra esta identificación superficial. Ella constata, por el contrario, que los elementos fundamentales de la satisfacción anselmiana se reconocen en la teoría y en la práctica eclesiástica de la penitencia desde sus mismos orígenes, sobre todo en la Igleisa Latina. Mucho antes de conocer el derecho germánico la iglesia situaba al pecador en una alternativa similar: o la muerte eterna, que es la pena del pecado, o la penitencia, que es la compensación voluntaria. Es el mismo Tertuliano quien dice: omne aut venia dispungit aut poena» 89. Evidentemente, si cabía la hiopótesis de una influencia del derecho germánico en San Anselmo, en absoluto cabe con respecto a Terturliano. Por supuesto que se puede seguir pensando en una influencia del derecho germánico en el Becense, pero nos parece mucho más sencillo, tal como atestigua Riviere, pensar en una influencia totalmente eclesiástica.
4. Necesidad y modo de la satisfación
4.1 Necesidad de una satisfacción perfecta
Nos encontramos, pues, ante esta alternativa: pena o satisfacción. ¿Cuál de las dos ha de prevealecer? San Anselmo se esforzará por convencernos de que, sin duda, debe prevalecer la satisfacción, basándose principalmente en dos razones: en la decisión irrevocable de hacer a los hombres felices, y en la de reemplazar con hombres el número de los ángeles caídos. Este último argumento, tomado también de San Agustín 90 , tiene ahora escaso interés para nosotros; parece incluso que el Arzobispo de Canterbury, en su esfuerzo por buscar razones necesarias, insiste demasiado en esta cuestión, prestándole una atención excesiva 91. El problema se plantea al pensar que el mismo honor de Dios exige que sean reemplazados el número de ángeles caídos que, lógicamente, van a restar gloria accidental a Dios en la «ciudad celestial». Para ello, Dios no podía crear a otros ángeles, porque éstos no hubieran podido sufrir una prueba propiamente dicha, ya que hubieran tenido delante de sus ojos, el castigo de los ángeles malos. Los ángeles caídos serán pues, reemplazados por hombres. Más convincente nos parece, sin embargo, la primera razón: Dios ha destinado al hombre a una vida eternamente feliz, y esto no se podría hacer realidad si ante el pecado no hubiera más alternativa que el castigo.
Para ilustrar esta «necesidad» de la satisfacción, ya prácticamente demostrada con todo lo dicho hasta aquí, San Anselmo va a emplear otra de sus características comparaciones. Un hombre rico tenía una perla magnífica que había destinado a su tesoro, pero un bellaco, arrebatándosela, la arrojó en el fango. ¿Metería el due ño la perla en su tesoro sin haberla purificado antes? Pues lo mismo sería si Dios llevase al Paraíso «al hombre cubierto con la mancha del pecado sin estar enteramente purificado, es decir, sin satisfacer esa deuda» 92.
Muy rica en sugerencias se nos presenta esta breve parábola. En primer lugar, queda patente en ella ese fuerte convencimiento de que el hombre está destinado por Dios a una dicha eterna junto a El -su tesoro- y de que ese designio no ha de verse frustrado necesariamente por el pecado. En segundo lugar, el término satisfacción es empleado no como opuesto a pena sino como sinónimo de purificación, lo cual confirma lo dicho más arriba sobre el concepto de satisfacción, una purificación que es querida y realizada por el dueño de la perla, movido por el amor que tiene a ella y a su tesoro. Por último, esta parábola nos habla de la necesidad de una satisfacción perfecta, de estar «enteramente» purificado. Es justamente este último punto lo que llevará a San Anselmo -cuando ya parece conseguido su objetivo de haber demostrado la necesidad de la Redención- a dar un paso más, un paso arriesgado pero necesario para enlazar esta «necesidad de la Redención» con la «necesidad de la Encarnación»: «Tampoco dudarás, creo yo, de que la satisfacción debe estar en proporción al pecado» 93. Es decir, que la satisfacción debe ser completa, lo cual sólo será posible si es el Hombre-Dios quien satisface. Boson (el discípulo de Anselmo) no duda, -comenta Riviere- nosotros seríamos más difíciles de convencer y pediríamos a San Anselmo la demostración de esta premisa mayor que él se contenta con afirmar» 94: que la satisfacción ha de ser perfecta. La necesidad de que la satisfacción sea perfecta (proporcionada al pecado) es, como decíamos el eslabón imprescindible para unir la necesidad de la Redención a la necesidad de la Encarnación, pero es un eslabón que no queda suficientemente demostrado por la razón. Riviere será claro respecto a esta cuestión: «la más grave dificultad que ofrece la doctrina de San Anselmo es presentar como necesario el modo actual de nuestra Redención, al cual impone una doble necesidad: necesidad de que seamos rescatados y, para rescatarnos, necesidad de exigir una satisfacción adecuada» 95.
Se ha dicho que, en su afán por demostrar absolutamente la necesidad de la Encarnación, el santo benedictino, pondrá en peligro el misterio. Admitamos que este es un peligro real, no tanto para San Anselmo, que bien claro tenía el sentido del misterio cuando confiesa que nunca llegará a penetrar el hondo sentido del mismo 96, sino para la interpretación de su obra, pero para ello, «no hay que olvidar que toda el pensamiento de Anselmo está dominado por el principio de la fides quaerens intellectum, cuyo sentido no ha sido quizá todavía suficientemente profundizado: ¿significa que la razón humana, aunque sea partiendo de la fe, encontrará un intellectus, una comprensión total y necesaria de las verdades creídas? ¿o bien únicamente que, reflexionando sobre las verdades creídas, la razón verá una racionalidad, una coherencia y una conveniencia y admirables?» 97.
4.2 Imposibilidad del hombre para reparar
Pero sigamos con el discurso anselmiano. El orden del mundo y el honor divino exigen -dirá- una reparación perfecta del pecado. ¿Cómo puede el hombre prestar esa satisfacción? ¿Con las obras de penitencia, trabajos corporales, obediencia, etc? Todo eso no sirve -añadirá San Anselmo-, porque ya lo debíamos a Dios; y una vez más, el discípulo acepta sin poner objeciones 98.
En este esfuerzo por demostrar la imposibilidad de que el hombre pueda, por sí solo satisfacer, aducirá una segunda razón que emana de la infinita gravedad del pecado. Aunque todos esos actos satisfactorios no fueran debidos a Dios, y fueran, por tanto, gratuitos, quizá no serían tampoco suficientes «para satisfacer un solo pecado, por pequeño que sea, como es una mirada contra la voluntad de Dios» 99; y ante la sorpresa que en Boson despierta semejante afirmación, añade una frase cargada de profundo sentido: «todavía no has comprendido bien cuán grave es el pecado» 100. Tan grave es el pecado que no tendríamos derecho a cometer uno solo ni siquiera para impedir que «pereciese el mundo entero y todo lo que no es Dios» 101.
Hay también para San Anselmo otras razones que podemos llamar secundarias, que prueban la imposibilidad de que un hombre satisfaga por los pecados: como es la imposibilidad de que por un pecador no puede justificar a otro» 102. La conclusión, por lo tanto, se impone, y aunque están ya razonadas todas sus premisas, será en el libro segundo del Cur Deos horno donde él exponga la conclusión: si el pecado es algo tan grave -dirá-, si Dios exige una satisfacción proporcionada a esa gravedad, y si la satisfacción además implica devolver algo mayor que lo que supone el pecado, obviamente, de todo punto de vista, el hombre es incapaz de satisfacer. Luego es necesario que la satisfacción la proporcione el Hombre-Dios: sólo por Cristo se salva el hombre
Vicente Huerta Solá, en revistas.unav.edu/
Notas:
67. J. RIVIERE, Le dogme de la Rédemption ehez Anselme, o.e., p. 178.
68. J. RIVIERE, Le dogme de la Rédemption. Etude théologique, o.e., p. 96.
69. J. RIVIERE, Rédemption, en DTC 13 (1936) 1969.
70. Ibídem, 1970.
71. Ibi,dem .
72. Santo Tomás captará bien este sentido «moral» de la satisfacción, afirmando en la Surnrna: «In satisfactione magis attenditur affectus offerendi, quam quantitas oblationis».
73. En la supuesta primera redacción de Cur Deus horno (cfr. E. DRUWE, La prerniere rédaction du «Cur Deus horno». Le «Libellus Anselrni Cantuariensis Cur Deus horno» inédit, en RSR 20 [1930] 162-166), el capítulo XXXII se titularía: «De sacrificio vespertino quod sponte obtulit». De todos modos, la autenticidad de este Libellus es muy discutible, para algunos autores no sería más que un plagio de Cur Deos horno escrito en el siglo XII, para otros el texto escrito de un sermón sobre la Redención inspirado en la obra de San Anselmo; esta última opinión es sostenida por Riviere en Un prernier jet du «Cur Deus horno»?, en RevSR 14 (1934) 329-369, donde lee mos, entre otras cosas: «todas sus características internas hacen del Libellus un escrito de mínimo valor teológico» (p. 367).
74. Cfr. J. GALOT, Gesu liberatore (Firenze 1978) p. 224: «L'intera dottrina della Redenzione si fonda, in Anselmo, sulla soddisfazione: questa soddisfazio ne spiega tutto, l'Incarnazione e la morte del Cristo ».
75. BASILIO DE SAN PABLO, o.e., p. 77.
76. Ibidem, p. 80.
77. Ibidem, p. 83. Nos parece lógico pensar que San Anselmo -aunque no hable de ello en su obra- no ignoraban ni menospreciaba el aspecto sacrifi cial de la muerte de Cristo, del que tanto se habla en la Sagrada Escritura.
78. Para una valoración crítica, aunque ponderada, de la obra de Riviere, cfr. BASILIO DE SAN. PABLO, El doctor Riviere, teólogo de la Redención, en RET 14 (1954) 79-102.
79. Cfr. G. ÜGGIONI, o.e., p. 107.
80. J. RIVIERE, Rédernption en DTC 13 (1936) 1973.
81. Cfr. G. ÜGGIONI, o.e., p. 107.
82. SAN AGUSTIN, In loannis evangeliurn, 41, 7: «Non mortem mei peccati ne cessitate persolvo, sed in eo quod morior, voluntatem patris mei facio: plus que ibi facio quam patior, quia si nollem, nec passus essem».
83. J. RIVIERE, Contribution au «Cur Deus horno»..., o.e., p. 845.
84. J. RIVIERE, Le dogme de la Rédemption. Etude théologique, o.e., 230.
85. BASILIO DE SAN PABLO, Clave sacrificial..., o.e., 149.
86. Cfr. CDH I, 12, 777: «non ergo decet Deum peccatum sic impunitum di mittere.
87. BASILIO DE SAN PABLO, Clave sacrificia/..., o.e., p. 150.
88. J. RIVIERE, Le dogme de la Rédernption. Essai d'etude historique, o.e., pp. 308 y SS.
89. Ibidern.
90. Cfr. R. ROQUES, o.e., p. 127. según este autor, San Anselmo se inspira so bre este punto en San Agustín (Enchiridion XXIX; PL 40, 246) y en San Gregorio Magno (Hornil. in Vang. II, XXI; PL 76, 1171).
91. Dedica Íntegramente a esta cuestión los capítulos 16, 17 y 18 del Libro I, de Cur Deus horno.
92. C.DH I, 1 , 805: «nonne inquam, similiter faceret, si hominem peccati sorde maculatum sine omni lavatione, id est absque omni satisfactione, talem semper mansurum saltem in paradisum, de quo eiectus fuerat, reduceret?».
93. CDH I, 20, 807: «Hoc quoque non dubitabis, ut puto, quia secundum mensuram peccati oportet satisfactionem esse».
94. J. RIVIERE, Le dogme de la Rédemption. Essai d'étude historique, o.e., p. 297.
95. Ibidem, p. 314.
96. Cfr. CDH I, 2, 749. Sobre el tratamiento que hace del misterio San Ansel mo puede verse también J. BAYART, 7be concept of Mystery According to St. Anselm of Canterbury, en RTAM 9 (1937) 125-166.
97. G. ÜGGIONI, o.e., p. 97.
98. Respecto a este pasaje, Riviere se muestra crítico con San Anselmo: «Boson parece convencido, pero nosotros lo estamos mucho menos: si bien es cier to que la obediencia y la humildad son siempre debidas a Dios, los otros actos serían libres y supererotatorios; los argumentos místicos de San Ansel mo no muestran suficientemente lo contrario» O. R.!VIERE, Le dogme de la Rédemption. Essai d'étude historique, o.e., p. 298).
99. CDH I, 21, 811: «videamus utrum possit sufficere ad satisfactionem umus tam parvi peccati, sicut est unus aspectus contra voluntatem Dei».
100. Ibidem: «Nondum considerasti quanti ponderist sit peccatum,..
101. Ibidem.
102. CDH I, 24, 817.
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