Introducción.- Testimonio bíblico sobre el valor de la vida.- El respeto a la integridad corporal: la esterilización.- Intervenciones sobre la fecundación o procreación humana.- Diagnóstico prenatal.- Aborto.
Introducción
El quinto mandamiento estudia el tema decisivo -y por ello siempre actual- de la moralidad de la vida humana. Es preciso valorar el hecho mismo de la existencia: lo verdaderamente determinante en el hombre y en la mujer es ser, o sea, vivir. Lo opuesto es la negatividad más absoluta: la nada. Quien toca la existencia "es", "vive"; por el contrario, otra infinidad de seres posibles están en el indecible "no-ser", simplemente, no existen: están en la nihilidad oscura y tenebrosa.
El estudio del quinto mandamiento no se limita al enunciado negativo "no matar", sino que en este precepto divino se integran los numerosos temas relacionados con la "bioética". Esta nueva parcela de la Teología Moral trata de interpretar, desde la óptica moral, una serie de situaciones nuevas nacidas de los avances de la Medicina, de la Genética y de la Biología. La Teología Moral valora positivamente todos los logros científicos que mejoran el origen, el cuidado y el acabamiento de la vida humana. Pero, al mismo tiempo, prevé contra el abuso de algunos métodos y hallazgos que no sólo no respetan su inmensa dignidad, sino que pueden dañarla.
Con el fin de estudiar sistemáticamente este conjunto de temas, se seguirá el orden cronológico que sigue la existencia del hombre y de la mujer desde su aparición hasta su muerte, o sea, nacer, vivir y morir. En concreto, a lo largo de dos capítulos trataremos los problemas éticos correspondientes a esas tres etapas de la biografía personal:
1º. Las cuestiones morales que se suscitan en la generación de una nueva vida hasta su nacimiento (esterilización, intervención sobre la procreación, respeto de los embriones humanos, diagnóstico prenatal, aborto).
2º. Los problemas éticos que se originan para conservar la vida ya nacida (legítima defensa, homicidio, suicidio, investigación científica, trasplante de órganos, respeto a la integridad corporal, cuidado de la salud, drogadicción, terrorismo, la guerra).
3º. El estudio de los temas morales que se originan en el estadio final de la vida, antes de consumarse en la muerte (sufrimiento, enfermedad, eutanasia, respeto a los muertos).
Testimonio bíblico sobre el valor de la vida
La razón última que justifica el quinto mandamiento es la defensa del valor inconmensurable de la vida humana. Pues bien, más que cualquier antropología filosófica, es la Revelación la que destaca la significación, el alcance, la calidad y la trascendencia de la vida. En efecto, la Biblia se inicia con la narración del origen del mundo y del hombre: Dios llama a la existencia a todas las criaturas y en ese relato se destaca el comienzo de los seres vivos, especialmente del hombre y de la mujer, como corona y reyes de la entera creación. Jesús afirmará, como tesis fundamental de la revelación, que el Dios cristiano "no es el Dios de muertos, sino de vivos" (Mc 12,27).
A partir de este dato inicial, la Revelación destaca en todo momento ese valor trascendente de la vida humana. Por eso, ante la muerte violenta de Abel, Dios lanza al asesino Caín esta dolorosa pregunta: "¿Qué has hecho?". Y el Señor clausuró su discurso con esta condena radical de la muerte: "La voz de la sangre de tu hermano clama hacia mí desde la tierra. Ahora, maldito seas, márchate de esta tierra que ha abierto su boca para recibir la sangre que has derramado de tu hermano" (Gn 4,10-11).
Esa significación valiosa de la vida y de la condena de la muerte violenta quedan consignadas gráficamente en el dato de que en el Paraíso sólo se hace mención de dos árboles: uno es el "árbol de la vida" (Gn 2,9), el otro es el árbol del "bien y de mal", del cual el hombre no debe comer, pues si come de él morirá (Gn 2,17).
Pero, según la Revelación, Dios no ha creado al hombre para la muerte, sino para la vida (Sap 2,22-23); de ahí que se alegre con la vida y "no se recrea en la destrucción de los vivientes, pues todo lo creó para que subsistiera" (Sap 1,11). Dios asegura: "no me complazco en la muerte de nadie" (Ez 18,32). Al contrario, el ideal divino es que el hombre goce de una larga vida. Por eso, se elogia la longevidad de Abraham, que murió "lleno de años" (Gn 25,8) y Dios premia a los buenos con una vida larga (Dt 4,40; Ecl 11,8-11). En consecuencia, quien desee vivir debe acudir a Yavéh, el cual "es la fuente de la vida! (Prov 14,27).
Pero es en el Nuevo Testamento en donde sobresale aún más la valoración de la vida. Jesús es "el Verbo de la vida" (1 Jn 1,1); Él posee la vida desde la eternidad (Jn 1,4); dispone de la vida (Jn 5,26) y vino, precisamente, para dar una vida abundante (Jn 10,10). Él mismo es "la vida" (Jn 14,6). Él puede comunicar una vida que "salta hasta la vida eterna" (Jn 4,14). Y el Señor Jesús hace esta solemne promesa: "El que crea en mí no morirá para siempre" (Jn 11,25). En resumen, el tema de la vida es un recurso habitual del Nuevo Testamento. De ahí la abundancia de milagros en la vida histórica de Jesús dando la salud a muchos enfermos y aún devolviéndola a algunos muertos.
A la vista de estos datos, se entiende que el quinto precepto del Decálogo se enuncie con este grave y tajante imperativo: "No matarás" (Ex 20,13). Y Dios amenaza que quien mata a un hombre, será llamado asesino, y por ello merecerá la muerte: "Pediré cuentas de vuestra sangre y de vuestras vidas... si uno derrama sangre de hombre, otro hombre derramará su sangre; porque a imagen de Dios fue hecho el hombre" (Gn 9,5-6).
De acuerdo con estas enseñanzas bíblicas, el Magisterio de la Iglesia enseña que toda vida humana es digna y sagrada: "La vida humana es sagrada, porque desde su inicio es fruto de la acción de Dios y permanece siempre en una especial relación con el Creador, su único fin. Sólo Dios es Señor de la vida desde el comienzo hasta su término; nadie, en ninguna circunstancia, puede atribuirse el derecho de matar de modo directo a un ser humano inocente" [1].
Según el pensar cristiano, en el origen y en el ser mismo de la vida humana se rastrea y se encuentra siempre a Dios. En consecuencia, la luz que brota de este postulado muestra la grandiosidad de la doctrina moral cristiana sobre el valor de la vida. Por el contrario, otras corrientes de pensamiento laicas y más aún las laicistas -sobre todo si son negadoras de Dios-, parten no del valor de la vida humana en sí misma, sino de la vida adjetivada como productiva, útil, placentera... Por eso, aunque aparentemente defiendan la vida, sin embargo sólo protegen la "vida sana" y "útil" y en su perspectiva la vida débil queda indefensa. En rigor, pese a sus protestas, son meros "biologistas", pero no humanistas.
El respeto a la integridad corporal: la esterilización
Dada la importancia de la vida, es lógico que la bioética cristiana empiece con la defensa de la capacidad procreadora del hombre y de la mujer. Y de ahí, la condena de la esterilización.
Esterilizar es la intervención en algunos de los órganos de reproducción con el fin de privar al hombre o a la mujer de la facultad procreativa.
La esterilización puede ser directa o indirecta; física y química; temporal y perpetua.
Esterilización indirecta
Es la que se sigue, tanto en el hombre como en la mujer, de una intervención quirúrgica o de terapias químicas que es preciso llevar a cabo porque peligra su salud. Para la licitud se requiere que concurran estas tres condiciones:
que el órgano produzca un daño serio o sea una amenaza para el organismo;
que dicho daño no se pueda evitar más que mediante la extirpación o anulación de dicho órgano;
que la mutilación compense el bien que se espera alcanzar.
La razón de la licitud es el "principio de totalidad"; es decir, es lícito eliminar un miembro en favor de la salud de todo el cuerpo. A este principio recurre Pío XII, y concluye: "Esta extirpación no ocasiona objeción alguna bajo el punto de vista moral" [2].
Esterilización directa
La esterilización directa es la tiene como objetivo eliminar un órgano productivo con el fin de evitar la generación de una nueva vida. Puede llevarse a cabo de diversos modos. La más común en el varón se realiza mediante la vasectomía o simple sección o interrupción del conducto deferente que imposibilita la emisión de esperma fértil. La esterilidad directa femenina se hace mediante el ligamento de las trompas de Falopio que impide el encuentro entre el espermatozoide y el óvulo.
La vasectomía es una intervención de microcirugía, pues se lleva a cabo en ambulatorios, con anestesia local. El ligamento de trompas es también una simple operación quirúrgica. Ello explica que cada día sea más frecuente entre quienes evitan tener hijos. Pero la esterilización, además de representar una verdadera mutilación, priva al hombre y a la mujer de su capacidad procreadora. De aquí la condena por parte del Magisterio. Así se expresaba Pío XII:
"Sería mucho más que una simple falta de prontitud para el servicio de la vida si el atentado del hombre no fuera sólo contra un acto singular, sino que atacase al organismo mismo, con el fin de privarlo, por medio de la esterilización, de la facultad de procrear una nueva vida. También aquí tenéis para vuestra conducta interna y externa una clara norma en las enseñanzas de la Iglesia. La esterilización directa -esto es, la que tiende, como medio o como fin, a hacer imposible la procreación -es una grave violación de la ley moral y, por lo tanto, ilícita" [3].
Algunos moralistas se separan de esta enseñanza magisterial, pues juzgan que, cuando fallan otros medios para vivir la "paternidad responsable", los esposos podrían recurrir a la esterilización como último recurso. Pues bien, la Congregación para la Doctrina de la Fe emitió un documento en que rechaza esta teoría y condena todo tipo de esterilización directa:
"Cualquier esterilización que por sí misma o por su naturaleza y condiciones propias, tiene por objeto inmediato que la facultad generativa quede incapacitada para la procreación, se debe retener como esterilización directa (...). Por lo tanto queda absolutamente prohibida, independientemente de la recta intención subjetiva de los agentes para proveer la salud o para prevenir un mal físico o psíquico que se prevé o se teme derivará en embarazo. Ciertamente está más gravemente prohibida la esterilización de la misma facultad que la de un acto, ya que la primera conlleva un estado de esterilidad, casi siempre irreversible. Y la autoridad pública no puede invocar, de ninguna manera, su necesidad para el bien común, porque sería lesivo para la dignidad e inviolabilidad de la persona humana. Igualmente, no se puede invocar en este caso el principio de totalidad, por el que se justifican las intervenciones sobre los órganos para un mayor bien de la persona; de hecho, la esterilidad por sí misma no se dirige al bien integral rectamente entendido de la persona (...), sino que daña su bien ético, que es supremo, al privar deliberadamente de un elemento esencial la prevista y libremente elegida actividad sexual" [4].
Intervenciones sobre la fecundación o procreación humana
El origen de la vida humana va unido a la fecundidad del amor esponsalicio. El inicio de una nueva vida es un misterio en el que, junto a los esposos, Dios interviene con la creación individual del alma. Este misterioso concurso del amor humano y del querer divino ensalza el comienzo de la vida de cualquier hombre. Ahora bien, tal grandioso origen empieza a desdibujarse desde el momento en que esa acción creadora se convierte en un artificio productor de vida, pues la vida se crea, no se fabrica; es una persona, no un artilugio.
Esta afirmación no es una mera consideración poética, sino que, además de responder a la enseñanza de la revelación cristiana, está de acuerdo con la tradición de todos los pueblos y con la reflexión filosófica sobre las singularidad del ser humano. Por ello, son muy fundadas las razones que demuestran que es en el ámbito del matrimonio donde debe asentarse el origen de una nueva vida: "La tradición de la Iglesia y la reflexión antropológica reconocen en el matrimonio y en su unidad indisoluble el único lugar digno de una procreación verdaderamente responsable" (DV II, 1).
La Instrucción DV reconoce y encomia los avances realizados en esta materia, pero para su empleo, adelanta este criterio moral: se ha de tener en cuenta el valor de la vida humana y la originalidad con que esa vida es transmitida en el matrimonio.
Procreación o fecundación artificial (FIV-FIVET) [5]
La "procreación artificial" propiamente dicha es la que se lleva a cabo separando el acto conyugal y la fecundación. El juicio moral que condena este tipo de inseminación se rige por este principio ético: "Cuando la intervención técnica sustituye al acto conyugal, es moralmente ilícita" (DV II, 6). La terminología no es unánime en todos los autores. Aquí seguimos la que enuncia la Instrucción Donum vitae, que distingue entre FIVET e inseminación artificial [6]. Cabe distinguir dos métodos de realizarla:
a) Fecundación o procreación artificial homóloga: La Instrucción entiende que se trata de una técnica dirigida a lograr la concepción humana a partir de los gametos de dos esposos unidos en matrimonio. Puede realizarse de dos métodos diversos:
- FIVET homóloga: es la técnica encaminada al logro de una concepción humana mediante la unión in vitro (en el laboratorio) de gametos de los esposos unidos en matrimonio.
- Inseminación artificial homóloga: es la técnica dirigida al logro de una concepción humana mediante la transferencia a las vías genitales de una mujer casada del semen previamente tomado del marido.
b) Fecundación o procreación artificial heteróloga: es la técnica ordenada a obtener artificialmente una concepción humana, a partir de gametos procedentes de al menos un donador diverso de los esposos unidos en matrimonio. Estas técnicas pueden ser de dos tipos:
- FIVET heteróloga: es la técnica encaminada a lograr una concepción humana a través de la unión in vitro de gametos extraídos de al menos un donador diverso de los esposos unidos en matrimonio.
- Inseminación artificial heteróloga: es la técnica dirigida a obtener una concepción humana mediante la transferencia a las vías genitales de la mujer del semen previamente recogido de un donador diverso del marido.
La razón por la que la moral rechaza este tipo de fecundación asistida es porque desnaturaliza el acto conyugal, que encierra dos realidades, íntimamente relacionadas entre si: la significación unitiva y la procreadora. Ahora bien, según la más sana antropología, en la cual se apoya la mortal católica, no es lícito, éticamente, separar ambas dimensiones:
"La inseminación artificial sustitutiva del acto conyugal se rechaza en razón de la disociación voluntariamente causada entre los dos significados del acto conyugal (...), le falta la relación sexual requerida por el orden moral, que realiza el sentido íntegro de la mutua donación y de la procreación humana, en un contexto de amor verdadero" (DV II, 6).
"La FIVET homóloga se realiza fuera del cuerpo de los cónyuges por medio de gestos de terceras personas, cuya competencia y actividad técnica determina el éxito de la intervención; confía la vida y la identidad del embrión al poder de los médicos y de los biólogos, e instaura un dominio de la técnica sobre el origen y sobre el destino de la persona humana. Una tal relación de dominio es en sí contraria a la dignidad y a la igualdad que debe ser común a padres e hijos (...). Por estas razones, el así llamado "caso simple", esto es, un procedimiento de FIVET homóloga libre de toda relación con la praxis abortiva de la destrucción de los embriones y con la masturbación, sigue siendo una técnica moralmente ilícita, porque priva a la procreación humana de la dignidad que le es propia y connatural" (DV II, 5).
Este mismo juicio moral se recoge en el Catecismo de la Iglesia Católica: "Practicadas dentro de la pareja, estas técnicas (inseminación y fecundación artificiales homólogas) son quizá menos perjudiciales, pero no dejan de ser moralmente reprobables. Disocian el acto sexual del acto procreador. El acto fundador de la existencia del hijo ya no es un acto por el que dos personas se dan una a otra, sino que confía la vida y la identidad del embrión al poder de los médicos y de los biólogos, e instaura un dominio de la técnica sobre el origen y sobre el destino de la persona humana. Una tal relación de dominio es en sí contraria a la dignidad e igualdad que debe ser común a padres e hijos" (CEC 2377).
Con más razón, el Magisterio rechaza la "fecundación artificial heteróloga": "La fecundidad artificial heteróloga es contraria a la unidad del matrimonio, a la dignidad de los esposos, a la vocación propia de los padres y al derecho de los hijos a ser concebidos y traídos al mundo en el matrimonio y por el matrimonio. El respeto de la unidad del matrimonio y de la fidelidad conyugal exige que los hijos sean concebidos en el matrimonio; el vínculo existente entre los cónyuges atribuye a los esposos, de manera objetiva e inalienable, el derecho exclusivo de ser padre y madre solamente el uno a través del otro. El recurso a los gametos de una tercera persona, para disponer de esperma o del óvulo, constituye una violación del compromiso recíproco de los esposos y una falta grave contra aquella propiedad esencial del matrimonio que es la unidad. La fecundación heteróloga lesiona los derechos del hijo, lo priva de la relación filial con sus orígenes paternos y puede dificultar la maduración de su identidad personal" (DV II, 2).
No se considera "fecundación artificial" la ayuda médica bien sea para superar las dificultades que impiden que el acto conyugal se realice plenamente, o para que se facilite el encuentro del óvulo y el espermatozoide. En este caso, se trata de una asistencia técnica que vence algún obstáculo para que se alcance la finalidad del acto conyugal de los esposos. Esta asistencia médica está de acuerdo con la doctrina moral:
"El acto médico es respetuoso de la dignidad de las personas cuando se dirige a ayudar el acto conyugal, sea para facilitar su realización, sea para que el acto normalmente realizado consiga su fin. Sucede a veces, por el contrario, que la intervención médica sustituye técnicamente al acto conyugal, para obtener una procreación que no es ni su resultado ni su fruto: en este caso el acto médico no está, como debería, al servicio de la unión conyugal, sino que se apropia de la función procreadora y contradice de ese modo la dignidad y los derechos inalienables de los esposos y de quien ha de nacer" (DV II, 7).
La "fecundación artificial" propiamente dicha es, pues, la que se lleva a cabo separando el acto conyugal y la fecundación. La norma moral que condena este tipo de inseminación se rige por este principio ético: "Cuando la intervención técnica sustituye al acto conyugal, es moralmente ilícita" (DV II, 6).
Además de la inmoralidad de las técnicas empleadas, la "inseminación in vitro" conlleva -por exigencias de seguridad- la implantación de varios óvulos, lo cual facilita la práctica de "reducción embrionaria", o sea, la eliminación de uno o más óvulos fecundados. Asimismo, fomenta la práctica de la congelación de los óvulos sobrantes, la denominada "maternidad sustitutiva o de alquiler", etc. Es decir, una serie de prácticas que lesionan gravemente la dignidad de la vida humana. La Encíclica Evangelium vitae resume así el conjunto de razones que acreditan el juicio negativo sobre la reproducción artificial:
"Las distintas técnicas de reproducción artificial, que parecían puestas al servicio de la vida y que son practicadas no pocas veces con esta intención, en realidad dan pie a nuevos atentados contra la vida. Más allá del hecho de que son moralmente inaceptables desde el momento en que separan la procreación del contexto integralmente humano del acto conyugal, estas técnicas registran altos porcentajes de fracaso. Éste afecta no tanto a la fecundación como al desarrollo posterior del embrión, expuesto al riesgo de muerte por lo general en brevísimo tiempo. Además, se producen con frecuencia embriones en número superior al necesario para su implantación en el seno de la mujer; y estos así llamados embriones supernumerarios son posteriormente suprimidos o utilizados para investigaciones que, bajo el pretexto del progreso científico o médico, reducen en realidad la vida humana a simple material biológico del que se puede disponer libremente" (EV 14).
Diagnóstico prenatal
Los avances médicos permiten detectar algunas modalidades del feto, que en ocasiones pueden ser tratadas y mejoradas con el auxilio de la medicina. Es válido que, si la técnica dispone de medios para mejorar y sanar al ser humano aún antes de nacer, deben ser aplicados, con tal de que se respete la vida del no nacido y se busque su salud. En consecuencia, por motivos terapéuticos cabe llevar a cabo investigaciones prenatales en caso de que no suponga riesgos desproporcionados ni para el feto ni para la madre.
Como es lógico, esas condiciones deben ser juzgadas por la recta conciencia del médico, previo consentimiento de los padres. Los criterios éticos los explicita la Encíclica HV. Evangelium vitae lo hace en estos términos:
"Una atención especial merece la valoración moral de las técnicas de diagnóstico prenatal, que permiten identificar precozmente eventuales anomalías del niño por nacer. En efecto, por la complejidad de esta valoración debe hacerse muy cuidadosa y articuladamente. Estas técnicas son moralmente lícitas cuando están exentas de riesgos desproporcionados para el niño o la madre y están orientadas a posibilitar una terapia precoz o también a favorecer una serena y consciente aceptación del niño por nacer. Pero, dado que las posibilidades de curación antes del nacimiento son hoy todavía escasas, sucede no pocas veces que estas técnicas se ponen al servicio de una mentalidad eugenésica, que acepta el aborto selectivo para impedir el nacimiento de niños afectados por varios tipos de anomalías. Semejante mentalidad es ignominiosa y totalmente reprobable, porque pretende medir el valor de una vida humana siguiendo sólo parámetros de `normalidad' y de bienestar físico, abriendo así el camino a la legitimación incluso del infanticidio y de la eutanasia" (EV 63; cfr. 14) [7].
La mujer que solicita un diagnóstico con la decidida intención de proceder al aborto, en el caso de que haya malformación, comete una acción gravemente ilícita (cf. DV 34).
Pero la denominada "ingeniería genética" puede llevar a cabo algunos experimentos que manipulen la vida del embrión y lesionen su dignidad, por lo que deben ser rechazados. También de este tema se ha ocupado el Magisterio:
"Las técnicas de fecundación in vitro pueden hacer posibles otras formas de manipulación biológica o genética de embriones humanos, como son: los intentos y proyectos de fecundación entre gametos humanos y animales y la gestación de embriones humanos en útero de animales; y la hipótesis y el proyecto de construcción de úteros artificiales para el embrión humano. Estos procedimientos son contrarios a la dignidad del ser humano propia del embrión y, al mismo tiempo, lesionan el derecho de la persona a ser concebida y a nacer en el matrimonio y del matrimonio. También los intentos y las hipótesis de obtener un ser humano sin conexión alguna con la sexualidad mediante "fisión gemelar", clonación, partenogénesis, deben ser considerados contrarios a la moral en cuanto que están en contraste con la dignidad tanto de la procreación humana como de la unión conyugal" (DV I, 6).
Aborto
La dignidad de la vida da lugar a una enseñanza que en la ética goza de carácter de principio inviolable: toda vida humana debe ser respetada. Ello exige que se proteja y defienda también la concebida y aún no nacida. En consecuencia, la moral cristiana defiende siempre la protección del feto antes de nacer. Lo contrario, es el "aborto".
El término aborto deriva de "ab-ortus", o sea, etimológicamente, significa "privar de nacimiento". Pero el verbo latino "aborior" significa también "matar". Por consiguiente, abortar significa matar a un ser de la especie humana. Consecuentemente, por exigencias de rigor intelectual, se ha de rechazar otra terminología falsa, cargada de eufemismo, tal como "interrupción voluntaria del embarazo", pues "interrumpir" significa que algo, después de interrumpirse, puede ser nuevamente reanudado. Lo contrario del aborto, que "suprime" una vida sin posibilidad alguna de "reanudarla".
El fenómeno del aborto es bien conocido y practicado en todas las épocas desde la antigüedad. Pero, en nuestro tiempo tiene dos características nuevas: Primera: la cantidad enorme de abortos provocados. Segunda: que la práctica del aborto esté legitimada por las instancias jurídicas de los Estados. Ambas circunstancias gravan la práctica del aborto hasta el punto de que no pocos hombres de nuestro tiempo juzgan la práctica del aborto y su legalización como uno de los errores y de los horrores más graves de nuestro tiempo.
Esta condena no puede considerarse ni exagerada ni extemporánea, dado que, desde el inicio de la ética y de la ciencia médica ha sido condenada. Por ejemplo, en el primer Código Ético de la Medicina, el Juramento Hipocrático (siglo V antes de Cristo), lo condena en los siguientes términos: "Jamás daré a nadie medicamento mortal, por mucho que me lo soliciten; ni administraré abortivo a mujer alguna".
Como es lógico, a esta condena se suma la entera tradición de la Iglesia desde su inicio y también el magisterio de todos los tiempos. En efecto, los escritos de los Padres abundan en testimonios de condena. Se contiene ya en el primer documento conocido: La Didaje sentencia: "No matarás a tu hijo en el seno de la madre" [8]. Y Tertuliano escribe: "Es un homicidio anticipado el impedir el nacimiento; poco importa que se suprima la vida ya nacida o que se la haga desaparecer al nacer. Es un hombre el que está en camino de serlo" [9].
Con la misma contundencia, se repiten los testimonios del magisterio a lo largo de la historia. Baste con citar éste de Juan Pablo II, que destaca por el tono magisterial con que se expresa:
"Con la autoridad que Cristo confirió a Pedro y a sus Sucesores, en comunión con todos los Obispos -que en varias ocasiones han condenado el aborto y que en la consulta citada anteriormente sobre esta doctrina han concordado unánimemente-, declaro que el aborto directo, es decir, querido como fin o como medio, es siempre un desorden moral grave, en cuanto eliminación deliberada de un ser humano inocente. Esta doctrina se fundamenta en la ley natural y en la Palabra de Dios escrita; es transmitida por la Tradición de la Iglesia y enseñada por el Magisterio ordinario y universal" (EV 62).
El aborto es un hecho tan grave, que está prohibido y castigado como un delito en los diversos Códigos Civiles de los Estados. La "ley del aborto" -en sí misma injusta- sólo lo despenaliza en algunos supuestos igualmente injustos. Como es lógico, a partir de que todo aborto mata la vida de un ser humano, la Iglesia lo condena y lo agrava con una censura, la "excomunión latae sentenciae"; es decir, que se cae en excomunión por el hecho mismo de procurar el aborto, si se ha producido (cf. CIC, 1398). El rigor de esta pena se aclara por los obispos de España con estas palabras:
"La excomunión significa que un católico queda privado de recibir los sacramentos mientras no le sea levantada la pena: no se puede confesar válidamente, no puede acercarse a comulgar, no se puede casar por la Iglesia, etc. El excomulgado queda también privado de desempeñar cargos en la organización de la Iglesia" [10].
La condena del aborto es ya una demanda científica, dado que los avances de la medicina muestran que, desde la concepción, el cigoto tiene su propio código genético, de forma que constituye un individuo distinto de su madre. Esto indica que el aborto elimina un ser de la especie humana. Del tema nos ocupamos más ampliamente en el Capítulo IX.
Es preciso dejar claro que el aborto no es sólo una cuestión religiosa, sino también un problema de civilización y de cultura, tal como señala Julián Marías:
"Creo que es un grave error plantear esta cuestión (el aborto) desde una perspectiva religiosa: se está difundiendo la actitud que considera que para los cristianos (o acaso "para los católicos") el aborto es reprobable con lo cual se supone que para los que no lo son puede ser aceptable y lícito. Pero la ilicitud del aborto nada tiene que ver con la fe religiosa, ni aun con la mera creencia en Dios; se funda en meras razones antropológicas, y en esta perspectiva hay que plantear la cuestión. Los cristianos pueden tener un par de razones más para rechazar el aborto; pueden pensar que, además de un crimen, es un pecado. En el mundo en que vivimos hay que dejar esto -por importante que sea- en segundo lugar, y atenerse por lo pronto a lo que es válido para todos, sea cualquiera su religión o irreligión. Y pienso que la aceptación social del aborto es lo más grave moralmente que ha ocurrido, sin excepción, en el siglo XX" [11].
La doctrina cristiana parte de este elemental supuesto: Es incuestionable que la vida humana es un don que por sí misma tiene un valor inestimable. Por ello se ha de juzgar que también es estimable cuando va acompañada de ciertas limitaciones, como son, por ejemplo, la vida del enfermo, del minusválido, del anciano, o la de un adulto desesperanzado que vive en situación calamitosa... Éstas y otras circunstancias -si bien en ocasiones son en sí dolorosas- permiten concluir que los adjetivos "nacido-no nacido", "sano-enfermo", "normal-subnormal", "joven-anciano" no hacen más que calificar la vida, pero en ningún caso se puede renegar de ella. Esta consideración es aún más de ponderar cuando se cree en la vida eterna. En efecto, toda existencia humana, aún la del mayor discapacitado, desde que ha tocado la existencia, está destinada a vivir eternamente feliz en una vida posmortal en la presencia y en la felicidad eterna y amorosa de Dios.
Una evidencia se manifiesta en este mandamiento: la apuesta por la vida. En efecto, la moral cristiana defiende, sin fisura ni excepción alguna, la grandeza de la vida humana. La dignidad del hombre y de la mujer se inicia desde el momento de la concepción: allí donde surge la vida humana, como fruto del amor esponsalicio, se da una íntima cooperación entre Dios y el hombre. Por ello, la vida concebida, aun antes de nacer, merece siempre y en cualquier circunstancia el mayor respeto por parte de todos y este bien debe ser reconocido y garantizado por un sistema jurídico justo.
Notas
[1] Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae, intr. 5.
[2] Pío XII, Discurso 8-X-1953 , "Ecclesia" 641 (1953) 461. Pero, según las enseñanzas del Papa, no está permitida la mal llamada "esterilización preventiva", o sea en previsión de un embarazo en una mujer afectada, por ejemplo, de una cardiopatía.
[3] Pío XII, Alocución a las comadronas, 20, (29-X-1951), "Ecclesia" 539 (1951) 520. La misma enseñanza se repite en documentos posteriores.
[4] Congregación para la Doctrina de la Fe, Sobre la esterilización (13-III-1975), "Ecclesia" 1821 (1977) 71. Cf. Humanae vitae, 14.
[5] Se la denomina FIV, abreviatura a partir de las letras titulares: Fecundación In Vitro o FIVET: Fecundación In Vitro Embrion Transfer.
[6] Cf. DV II, 51, en nota.
[7] Como enseña Juan Pablo II, "el médico, antes de todo, deberá valorar atentamente las posibles consecuencias negativas que el uso necesario de una determinada técnica de exploración puede tener sobre el ser concebido, y evitará el recurso a procedimientos diagnósticos de cuya honesta finalidad y sustancial inocuidad no se poseen suficientes garantías". DV, nota 25. Cf. Discurso de Juan Pablo II 3-XI-1982.
[8] Dídaque, V, 2.
[9] Tertuliano, Apologeticum IX, 8. PL I, 320.
[10] Conferencia Episcopal Española, Comité Episcopal para la defensa de la vida, El aborto. 100 cuestiones y respuestas sobre la defensa de la vida, 83 Madrid 1991.
[11] J. Marías, Problemas del Cristianismo, BAC. Madrid 1979, 61-62. Las noticias confirman cada día con más insistencia que crece entre los juristas y políticos la idea de frenar la escalada del aborto legislado.
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