El principio de laicidad no es negativo respecto de las religiones, ni implica combate alguno contra ellas<br /><br />
ReligionConfidencial.com
La laicidad de las instituciones públicas debe contribuir a garantizar la libertad de las conciencias y de los cultos, con el respeto a las creencias personales
En Francia se producen con frecuencia incidentes en relación con temas de laicidad. A veces, se llega a situaciones grotescas, como la sucedida a comienzos de junio entre el juez Marcel Foulon y la abogada Christian Charrière-Bournazel. El juez expulsó de la sala a su cliente, el rabino Raphaël Banon, porque no quiso prescindir de su kipá.
Una cosa es que a los funcionarios públicos, en nombre de la neutralidad, se les impida llevar signos religiosos externos, y otra cosa son los ciudadanos, libres de vestir como deseen en los espacios públicos, incluidos los tribunales.
Probablemente este caso llegará al Consejo de Estado de París. Este organismo, la máxima instancia jurisdiccional francesa en asuntos administrativos (muy distinto de sus homónimos en otros países, como España), acaba de dilucidar otros, de porte muy diverso, con un denominador común positivo. Tiene pendientes otros doce. Pero las decisiones adoptadas ahora, a juicio del profesor Philippe Portier, harán historia (cfr. Le Monde 21-7-2011).
El caso del rabino de Toulouse muestra también que no está en juego sólo la integración en la República francesa del Islam, la segunda religión del país, como consecuencia de conocidos movimientos migratorios. En la práctica, las últimas propuestas sobre laicidad de UMP, el partido del gobierno —incluida la promesa del pasado abril de elaborar una especie de código de laicidad y libertad religiosa— celarían para muchos una carga de fondo contra el Islam. Los musulmanes no distinguen suficientemente entre religión y política. De ahí que tantos franceses vean en ellos una amenaza para la República, definida en el artículo 1º de la Constitución, de 4 de octubre de 1958, como "indivisible, laica, democrática y social".
Esa definición incluye el principio de neutralidad del Estado en materia religiosa, con una clara distinción de esferas vitales que lleva necesariamente al principio de separación de Iglesia y Estado. Pero —idea cada vez más clara, también por la presencia islámica en Francia—, el principio de laicidad no es negativo respecto de las religiones, ni implica combate alguno contra ellas. La laicidad de las instituciones públicas debe contribuir a garantizar la libertad de las conciencias y de los cultos, con el respeto a las creencias personales.
La apelación al Consejo de Estado deriva casi siempre de acuerdos de los Ayuntamientos, sobre problemas reales, aparentemente en contra de lo previsto en la ley de 1905 sobre separación de la Iglesia y el Estado. El Consejo insiste en que las corporaciones municipales tienen prohibido ayudar en sentido estricto a las confesiones religiosas. Pero, como señala Jean-Marc Sauvé, vicepresidente del Consejo, «en un contexto en el que los nuevos cultos necesitan construir edificios y a las colectividades locales les interesa revalorizar los lugares de culto, hemos dado nuevas soluciones, conciliando la ley de 1905 con otras disposiciones vigentes».
Concede especial relieve al "interés público local", para permitir que los municipios contribuyan a financiar instalaciones destinadas a edificios religiosos y a la práctica del culto, o cedan solares, mediante figuras como la enfiteusis o el derecho de superficie: a modo de arrendamientos a largo plazo, con un precio casi simbólico, a favor de asociaciones religiosas. O admite ayudas para mejorar las instalaciones de lugares de culto —un órgano en Trélazé (Maine-et-Loire), un ascensor en la Basílica de Fourvière de Lyon— porque, además de su función religiosa, contribuyen al desarrollo de la enseñanza artística, a la organización de eventos culturales en la ciudad, o al desarrollo cultural, turístico y económico de la ciudad."
En otro supuesto se ha aplicado el concepto jurídico clásico del "orden público", para rechazar la demanda de un contribuyente de Le Mans. La comunidad local había financiado la instalación de un matadero temporal ante la festividad musulmana del Aid-al-Adha. Para los magistrados, la decisión municipal está justificada, por «la necesidad de que las prácticas rituales se ejerzan en condiciones compatibles con los imperativos del orden público, en particular, de la seguridad alimentaria y la salud pública».
En definitiva, para resolver esas necesidades prácticas, las soluciones adoptadas —confirmadas ahora por el Consejo de Estado— reflejan una concepción de la laicidad positiva, integradora, liberal. No tiene nada que ver con laicismos arcaicos, aunque ahora se beneficien, sobre todo, las comunidades musulmanas.