Incluimos dos entrevistas a Andrés Ollero Tassara, catedrático de Filosofía del Derecho de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, publicadas recientemente en ZENIT y ABC, en relación con el proyecto de modificación de la ley religiosa en España.
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Lo que se esconde detrás del proyecto de ley religiosa en España
ZENIT.org
En plena crisis económica, el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero distrae a la opinión pública con el proyecto de modificación de la ley de libertad religiosa en España, constata Andrés Ollero Tassara, catedrático de Filosofía del Derecho de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid.
Miembro de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas española, Ollero publica en este nuevo contexto el libro Un Estado laico. La libertad religiosa en perspectiva constitucional (Aranzadi, Thomson-Reuters), que amplía la versión de hace cinco años (pasando de 211 a 332 páginas y de 363 a 656 notas).
Algo que se ha hecho necesario, según explica el autor a ZENIT, puesto que estudia la libertad religiosa en perspectiva constitucional. La Constitución española no ha cambiado y la libertad religiosa no es un derecho novedoso aclara; sin embargo, he debido añadir cien páginas y más de trescientas notas, porque para el gobierno español la presencia de la religión católica en el ámbito público se ha convertido en una obsesión.
¿Qué cuestiones han surgido en los cinco últimos años?
El Tribunal Constitucional español ha sentado doctrina sobre la libertad de los obispos para proponer profesores de religión. Se ha actualizado la libre asignación tributaria a la Iglesia Católica por parte de los ciudadanos. A la vez, el Gobierno ha provocado una grave polémica al convertir en obligatoria una asignatura de formación ciudadana, rebosante de opciones morales, que antes se venía proponiendo desde ámbitos socialistas como mera alternativa a la formación religiosa. Al surgir millares de objetores de conciencia, el Gobierno ha cuestionado ese derecho encontrando sorprendente apoyo en una Sala del Tribunal Supremo, aunque aún deberá pronunciarse el Constitucional. En plena crisis económica parece ahora empeñado en convocar un concilio por lo civil.
¿Qué puede explicar esta peculiar atención a lo religioso?
Su convencimiento de que ganar unas elecciones confiere el derecho a imponer un código moral a la sociedad, incluso sobre aspectos no incluidos en el programa electoral. Un cargo electo socialista acaba de dimitir como protesta. La obvia autoridad moral de la Iglesia Católica es gubernamentalmente percibida como poder e intenta neutralizarla por una doble vía: cuestionar y restringir la presencia de lo católico en la vida pública, a la vez que promociona la de otras confesiones minoritarias, de espaldas a su efectivo arraigo social.
¿Puede aportar algún ejemplo al respecto?
El mismo Gobierno cuyos mentores cuestionan los funerales de Estado y la presencia de autoridades en actos religiosos, o pretenden ampararse en la recurrida sentencia de Estrasburgo sobre los crucifijos para quitar de inmediato los pocos que puedan quedar, propicia en una Universidad pública un curso de formación para imanes musulmanes. No sólo ha confeccionado menús especiales para los matriculados sino que ha hecho acondicionar una sala orientada a la Meca para facilitarles los ratos de oración. Todo esto merece elogio; lo que no se entiende es la curiosa asimetría de trato.
¿Qué cabe esperar de la anunciada reforma de la ley de libertad religiosa?
Acaba de aprobarse una ley de plazos sobre aborto, considerada inconstitucional por el Consejo fiscal, sin el apoyo del Consejo general del Poder Judicial, que sólo ha encontrado el visto bueno del Consejo de Estado en un informe de contenido muy crítico y bastante contradictorio. Parece que ahora se pretende abrir otro frente de batalla en la sociedad, que para algunos no es sino una maniobra de distracción ante la incapacidad gubernamental para hacer frente a la crisis económica. Como no se trata de solucionar problemas concretos experimentados por los ciudadanos, puede proponerse cualquier cosa en la línea restrictiva ya comentada.
La historia nos llamará a capítulo por la ley del aborto
ABC (Entrevista de Virginia Ródenas)
Andrés Ollero agarra la Constitución por sus sentencias y en «Un Estado laico» (Aranzadi) marca la senda de libertad que nos otorga. Tal como es y no como quieren que sea.
España, ¿laica o laicista?
El Estado es laico, sin duda, porque reconoce la presencia de lo religioso en la sociedad con la misma naturalidad que la cultura o lo deportivo. No toma partido por ninguna postura, atiende un poco lo que los ciudadanos prefieran y, por supuesto, no interfiere.
Entonces, ¿todo es relativo?
Para el Estado, sí.
Y luego cada cual tiene su idea de la justicia.
Y cada cual tiene su actitud hacia la religión, que puede ser la de adherirse a una confesión o no adherirse a ninguna, lo mismo que ocurre con los partidos políticos o los sindicatos. Lo que no quiere decir que el Estado no se preocupe de apoyar a partidos y sindicatos porque entiende que enriquecen la vida social.
¿Me ampara el derecho a que mi hija vaya al colegio con velo?
Creo que sí.
¿Y a presentarme con burka ante un tribunal?
Eso plantea un problema de identificación, pero cada cual puede usar los signos religiosos que quiera. La jurisprudencia norteamericana trata incluso si un sij debe llevar casco de moto encima de su turbante. Cada problema se resuelve.
Como se resolvió si alegando mi religión tengo derecho a no trasfundir sangre vital a un hijo.
Es un caso real, y los padres, testigos de Jehová, a lo que se negaron fue a firmar un consentimiento, pero no se opusieron a ello. Dada su religión, firmar era cooperar al mal y el TC entiende que tienen razón. El propio niño, de 13 años, se opuso también. Y el TC dice que si a esa edad una relación sexual puede ser consentida, también una adhesión religiosa puede ser tenida en cuenta.
¿Y por convicciones tengo derecho a desconectar a mi padre de la máquina que le tiene vivo?
Se contempla el cese de tratamiento por parte del interesado, incluso arriesgando su vida, como en el caso famoso de Granada, en que la mujer murió al cuarto de hora; que sea otro distinto al interesado, sin que conste su voluntad, es otro contexto. El TC ha dicho que no hay derecho a la muerte.
Pero sí al aborto. ¿Qué fue del derecho a la vida?
Formalmente, según el Consejo de Estado, no hay derecho al aborto en la ley, pero si alguien puede abortar durante 14 semanas sin dar explicaciones y se le financia, pues no sé en qué puede consistir un derecho sino en eso. Es un asunto que tendrá que resolver el TC, porque en 1985 ya dijo que no cabía en ningún caso que los derechos de la mujer y del bien del no nacido prevalecieran de manera rígida, sino que habría que ver cada caso. Pero la ley de plazos dice que en 14 semanas prevalecen los de la mujer. Por ello el Consejo Fiscal entiende que es inconstitucional.
¿Un fallo a favor relegaría el derecho a la vida en pro de otro?
En el 85 el TC fue claro, y no cabe bendecir que los derechos de la mujer son prevalentes siempre, que era lo que en un voto particular señalaba Tomás y Valiente. ¿Qué diría ahora? Habrá que esperar.
Hay quien teme que la abdicación del cristianismo que hizo Europa en su fallida carta magna ayude a su islamización.
No es Europa la que ha abdicado del cristianismo, sino los cristianos. La inmensa mayoría de los católicos en España creen que en el ámbito público no tienen derecho a portarse como tales, y es un disparate porque la libertad religiosa es un derecho fundamental. Así se da una situación en la que el creyente es tolerado; pero yo como titular de mi derecho fundamental a la libertad religiosa no tolero que me toleren: exijo mi derecho.
¿La mayor injusticia?
La capacidad de la sociedad de mirar hacia otro lado cuando se vulneran derechos humanos básicos, como por ejemplo el aborto. La historia nos llamará a capítulo por ello.
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La libertad religiosa, entre el laicismo y la laicidad positiva
«Asombra asegura Ollero (Sevilla, 1944) la capacidad que tienen algunos de leer la Constitución como les hubiera gustado a ellos que fuera y no como es. Su texto dice que los poderes públicos deben cooperar con las confesiones religiosas y hacerlo de la manera consiguiente a las creencias de los ciudadanos. Más claro, imposible. Que luego un laicista diga que no deben cooperar es muy llamativo».
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